Modifica la Carta Fundamental para rebajar el quorum exigido a la solicitud de creación de comisiones especiales investigadoras, en la Cámara de Diputados - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914497732

Modifica la Carta Fundamental para rebajar el quorum exigido a la solicitud de creación de comisiones especiales investigadoras, en la Cámara de Diputados

Fecha23 Agosto 2017
Número de Iniciativa11411-07
Fecha de registro23 Agosto 2017
MateriaCÁMARA DE DIPUTADOS, COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA, QUÓRUM
Autor de la iniciativaBerger Fett, Bernardo, García García, René Manuel, Kast Sommerhoff, Felipe, Núñez Urrutia, Paulina, Paulsen Kehr, Diego, Sabat Fernández, Marcela, Santana Tirachini, Alejandro
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Amplia el catálogo de funcionarios sujetos al deber de declarar patrimonio e intereses

Modifica la Carta Fundamental para rebajar el quorum exigido a la solicitud de creación de comisiones especiales investigadoras, en la Cámara de Diputados

Boletín N°11411-07

Fundamentos:



  • La reforma del año 2005, modificó el actual artículo 52 de la carta magna, incorporando dos mecanismos inéditos en nuestra historia constitucional: la interpelación de los Ministros de Estado y las comisiones especiales investigadoras. La idea era fortalecer el rol fiscalizador de la Cámara de Diputados, que hasta ese entonces solo se llevaba a cabo por medio de los acuerdos y las comisiones que operaban de facto, mas allá de la importancia jurídica que tienen los usos y las costumbres en materia parlamentaria.



  • Parte de la negociación política que logró destrabar la reforma que derivo en la ley 20.050, supuso atenuar el marcado régimen presidencialista, aumentando las facultades de la Cámara de Diputados y cooperando con ello a los debidos equilibrios que deben existir en un régimen democráticos entre el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo.

  • El accionar de la Administración del Estado debe estar informado por los principios de transparencia y responsabilidad, y no es sino el Parlamento el llamado a ejercer los controles para que ello ocurra; y para esta fundamental tarea debe estar provisto de mecanismos y herramientas de control y fiscalización.



  • Particularmente en nuestro régimen constitucional, es la Cámara de Diputados la llamada a fiscalizar los actos del Gobierno y requerir de este la rendición de cuentas, velando por que las políticas y las acciones gubernamentales ese dirigidas a la satisfacción del interés general. Para ello, la Cámara baja cuenta con una serie de mecanismos que superan las herramientas de fiscalización del artículo 52...

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