Modifica la Carta Fundamental para rebajar el quorum exigido a la solicitud de creación de comisiones especiales investigadoras, en la Cámara de Diputados
Fecha | 23 Agosto 2017 |
Número de Iniciativa | 11411-07 |
Fecha de registro | 23 Agosto 2017 |
Materia | CÁMARA DE DIPUTADOS, COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA, QUÓRUM |
Autor de la iniciativa | Berger Fett, Bernardo, García García, René Manuel, Kast Sommerhoff, Felipe, Núñez Urrutia, Paulina, Paulsen Kehr, Diego, Sabat Fernández, Marcela, Santana Tirachini, Alejandro |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Reforma constitucional |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la Carta Fundamental para rebajar el quorum exigido a la solicitud de creación de comisiones especiales investigadoras, en la Cámara de Diputados
Boletín N°11411-07
Fundamentos:
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La reforma del año 2005, modificó el actual artículo 52 de la carta magna, incorporando dos mecanismos inéditos en nuestra historia constitucional: la interpelación de los Ministros de Estado y las comisiones especiales investigadoras. La idea era fortalecer el rol fiscalizador de la Cámara de Diputados, que hasta ese entonces solo se llevaba a cabo por medio de los acuerdos y las comisiones que operaban de facto, mas allá de la importancia jurídica que tienen los usos y las costumbres en materia parlamentaria.
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Parte de la negociación política que logró destrabar la reforma que derivo en la ley 20.050, supuso atenuar el marcado régimen presidencialista, aumentando las facultades de la Cámara de Diputados y cooperando con ello a los debidos equilibrios que deben existir en un régimen democráticos entre el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo.
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El accionar de la Administración del Estado debe estar informado por los principios de transparencia y responsabilidad, y no es sino el Parlamento el llamado a ejercer los controles para que ello ocurra; y para esta fundamental tarea debe estar provisto de mecanismos y herramientas de control y fiscalización.
Particularmente en nuestro régimen constitucional, es la Cámara de Diputados la llamada a fiscalizar los actos del Gobierno y requerir de este la rendición de cuentas, velando por que las políticas y las acciones gubernamentales ese dirigidas a la satisfacción del interés general. Para ello, la Cámara baja cuenta con una serie de mecanismos que superan las herramientas de fiscalización del artículo 52...
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