Modifica la Carta Fundamental para que las personas incluidas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos no puedan postular al cargo de Presidente de la República o de parlamentario - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914501810

Modifica la Carta Fundamental para que las personas incluidas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos no puedan postular al cargo de Presidente de la República o de parlamentario

Fecha13 Octubre 2021
Número de Iniciativa14656-07
Fecha de registro13 Octubre 2021
Autor de la iniciativaCastillo Muñoz, Natalia, Durán Salinas, Eduardo, Fuenzalida Figueroa, Gonzalo, Jiles Moreno, Pamela, Longton Herrera, Andrés, Muñoz González, Francesca, Ossandón Irarrázabal, Ximena, Rubio Escobar, Patricia
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
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PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE
IMPIDE A QUIENES SE ENCUENTREN EN EL
REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES DE
PENSIONES DE ALIMENTOS POSTULAR A LOS
CARGOS DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
SENADOR O DIPUTADO.
Antecedentes
El incumplimiento en el pago de pensiones alimenticias es uno de
los grandes problemas sociales que afectan a las familias
chilenas, y exige ser abordado y resuelto a través de medidas y
herramientas multidisciplinarias que evalúen y consideren los
diversos factores que confluyen en su materialización. Se requiere
de una mirada aguda e introspectiva que permita ver desde
distintas perspectivas esta problemática, y que conduzca a
encontrar soluciones integrales y oportunas.
Los principales cuerpos normativos que consagran esta obligación
son el Código Civil y la Ley N°14.908 sobre abandono de Familia y
Pensiones Alimenticias. Como indica el artículo 323 del Código
Civil: Los alimentos deben habilitar al alimentado para subsistir
modestamente de un modo correspondiente a su posición social.
Comprenden la obligación de proporcionar al alimentario menor de
veintiún años la enseñanza básica y media, y la de alguna
profesión u oficio (…)”. En la práctica, dicha obligación es
elemental para cumplir el cometido encomendado por la ley, toda
12-10-2021
19:27

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