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Modifica la Carta Fundamental en materia de bases de la institucionalidad, reconocimiento de los pueblos originarios, derechos fundamentales, conformación y atribuciones del Tribunal Constitucional y libre competencia

Fecha31 Enero 2020
Número de Iniciativa13262-07
Fecha de registro31 Enero 2020
Autor de la iniciativaCid Versalovic, Sofía, Del Real Mihovilovic, Catalina, Flores Oporto, Camila, Jürgensen Rundshagen, Harry, Mellado Suazo, Miguel, Pardo Sáinz, Luis, Paulsen Kehr, Diego, Romero Sáez, Leonidas, Schalper Sepúlveda, Diego, Urruticoechea Ríos, Cristóbal
MateriaPUEBLOS ORIGINARIOS
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción


Modifica la Carta Fundamental en materia de bases de la institucionalidad, reconocimiento de los pueblos originarios, derechos fundamentales, conformación y atribuciones del Tribunal Constitucional y libre competencia


Boletín N° 13262-07


1.- Antecedentes

La Constitución Política es la norma jurídica de mayor valor en nuestro ordenamiento jurídico. En ella se establecen las bases de nuestra institucionalidad, los principios y reglas esenciales sobre los cuales se erige la vida en comunidad, y la organización básica de la Administración del Estado, con sus diversos poderes, atribuciones y funciones.

La Biblioteca del Congreso Nacional señala que “El término “constitución” deriva del latín (cum “con o conjuntamente” y statuere “establecer”), corresponde a la norma interna más importante de un Estado de derecho soberano. Así, se dice que la Constitución es la norma jurídica, escrita o no, de más alto rango en el ordenamiento jurídico de una sociedad y está destinada a regular los aspectos fundamentales de la vida política. Por esto, la constitución de un Estado también es llamada Carta Magna o Fundamental y, en algunos textos nacionales más antiguos, Código Político1.


Desde el punto de vista conceptual, la Constitución es el “orden jurídico fundamental de la comunidad. La Constitución fija los principios rectores con arreglo a los cuales se debe formar la unidad política y se deben asumir las tareas del Estado. Contiene los procedimientos para resolver los conflictos en el interior de la Comunidad. Regula la organización y el procedimiento de formación de la unidad política y la actuación estatal. Crea las bases y determina los principios del orden jurídico en su conjunto.” (Hesse, 2011)2.

En ella se determina la estructura política del Estado, su funcionamiento, los órganos de poder, sus atribuciones y las relaciones entre ellos, los derechos y garantías de las personas y los cuerpos intermedios de la sociedad, los sistemas para hacer efectiva la supremacía constitucional y el procedimiento de reforma parcial o total de la Constitución. En nuestro sistema jurídico se complementa con las leyes orgánicas constitucionales y las leyes interpretativas de la Constitución. Las primeras son una categoría especial de normas dentro del ordenamiento jurídico chileno, establecidas por la Constitución de 1980, de carácter complementario que versa sobre materias expresamente previstas en el texto constitucional; las últimas se dictan con el fin de interpretar auténticamente sus preceptos3.


Se dice que una constitución es legítima cuando refleja los valores, principios y las creencias aceptadas por la sociedad, por lo cual los pueblos democráticos pueden darse nuevas instituciones, si estiman que estas ya no reflejan sus principios y creencias. Esto pues, de acuerdo al filósofo Jürgen Habermas, el derecho no puede basarse “sólo [sic] en la contingencia de decisiones arbitrarias y discrecionales, esto es, no puede basarse sólo [sic] en la decisión, sin que ello redunde en pérdida de su capacidad de integración social”. En este sentido, cuando existe (o se percibe) un déficit de legitimidad no quiere decir que las normas dejen de ser aplicables, sino que “el derecho debe su fuerza vinculante a la alianza que entablan la positividad del derecho y su pretensión de legitimidad (Habermas, 1998)4.


Es especialmente importante que la Constitución Política se vaya sucesivamente reformando a fin de responder en forma más eficiente y adecuada a las distintas necesidades ciudadanas que van surgiendo con el paso del tiempo. Es por ello que este proyecto busca reformar aspectos de gran importancia para la convivencia nacional y que dicen relación con nuestra institucionalidad, los principios y reglas básicas que nos rigen, los derechos fundamentales reconocidos por nuestro ordenamiento jurídico, y los órganos públicos de mayor relevancia en el acontecer político y social del país.




2.- Ideas Matrices


Este proyecto tiene por finalidad reformar diversos aspectos sustanciales de nuestra actual Constitución Política, a fin de adecuarla a los tiempos actuales que vive el país y a las necesidades más urgentes de la ciudadanía.


Creemos que es importante contribuir al perfeccionamiento de aquellas instituciones, mecanismos y herramientas que permitan fortalecer nuestra democracia, proteger los derechos fundamentales de las personas, mejorar nuestras instituciones y reafirmar el espíritu republicano que ha guiado la senda de nuestra Nación a lo largo de toda la historia de Chile.


3.- Contenido del Proyecto


En particular, el proyecto de reforma constitucional plantea adiciones y modificaciones sustanciales a los siguientes temas:


  1. Bases de la Institucionalidad

  2. Estado solidario

  3. Reconocimiento de los pueblos originarios

  4. Fortalecimiento de las regiones

  5. Tribunal Constitucional

  6. Fiscalía Nacional Económica

  7. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

  8. Catálogo de derechos fundamentales, derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, igualdad ante la ley, derecho a la salud integral, orden público, seguridad nacional, educación de calidad, desarrollo sustentable, protección frente al narcotráfico, derecho al agua en cantidad suficiente para el consumo humano, derechos de los consumidores, derecho a las condiciones para un trabajo decente, seguridad en el transporte, seguridad alimentaria, desarrollo cultural, de las artes y el patrimonio, desarrollo científico y tecnológico, etc.


Por consiguiente, y con el mérito de los antecedentes expuestos, vengo en someter a la consideración de esta Honorable Corporación, el siguiente Proyecto de Ley:


Proyecto de Ley


ARTÍCULO ÚNICO: Refórmese la Constitución Política de la República de Chile de la siguiente manera:


Reemplácese el artículo 1 de la Constitución por un artículo nuevo del siguiente tenor:

Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.

El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos.

El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.

Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.

El Estado deberá promover la solidaridad a través de políticas públicas en que todos contribuyan a mejorar las condiciones de vida de las personas en situación de vulnerabilidad, reconociendo la comunidad y vínculos existentes entre miembros de la sociedad. Asimismo, es deber del Estado impulsar un desarrollo territorial equitativo entre las regiones, provincias y comunas e incentivar a los grupos y asociaciones intermedias a contribuir desde sus propios objetivos al bien común.

La Constitución garantizará la libertad de emprender y el derecho de las personas a desarrollar cualquier actividad económica, cultural, artística y demás propias del quehacer social en conformidad a la ley. El Estado deberá respetar y promover tales libertades y derechos.

La Constitución deberá reconocer a los pueblos originarios como parte integrante de la nación chilena y asumir la obligación de respetar y promover su cultura, identidad, lengua y tradiciones ancestrales. De igual forma será obligación del Estado impulsar acciones públicas que faciliten el desarrollo de tales pueblos, su participación política y su acceso a las condiciones de vida que prevalecen en el país.

Es deber del Estado implementar políticas que favorezcan la natalidad y la atención prioritaria a la infancia, asegurando que los niños y niñas puedan desarrollarse en un ambiente sano, amable y protector.

Es deber del Estado ocuparse de los adultos mayores, brindándoles, directamente o a través de organizaciones de la sociedad civil, acogida e incorporándolos en la vida social.

Es deber del Estado brindar ayuda focalizada a las personas de capacidades diferentes para potenciar sus capacidades y promover su plena integración a la vida social y laboral”.


Reemplácese el artículo 3 de la Constitución por un artículo nuevo del siguiente tenor:

El Estado de Chile es unitario.

La administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su caso, de conformidad a la ley.

Es deber del Estado promover el desarrollo regional y el fortalecimiento de las zonas extremas para resguardar el ejercicio de la soberanía nacional.

Los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país, la elección directa de sus autoridades y el desarrollo equitativo entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional, desarrollando una adecuada conectividad entre las distintas localidades del país.

Asimismo, es rol del Estado fortalecer las zonas extremas para resguardar el ejercicio de la soberanía nacional, desarrollando conectividad entre las distintas...

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