Modifica la Carta Fundamental en materia de declaración de estados de excepción constitucional
Fecha | 21 Septiembre 2021 |
Número de Iniciativa | 14598-07 |
Fecha de registro | 21 Septiembre 2021 |
Autor de la iniciativa | Castro González, Juan Luis, Cicardini Milla, Daniella, Fernández Allende, Maya, Nuyado Ancapichún, Emilia, Rocafull López, Luis, Saavedra Chandía, Gastón, Saldívar Auger, Raúl, Soto Ferrada, Leonardo |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Reforma constitucional |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE LA DISCRECIONALIDAD DE LAS
DECISIONES DEL EJECUTIVO EN ESTADOS DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL
Si bien la relación entre el ESTADO y los DERECHOS HUMANOS es clara desde el
Derecho y la teoría, la misma resulta compleja y controvertida en los hechos. Para el
ordenamiento jurídico, no hay ESTADO legítimo si no es en función del respeto y
promoción de los derechos fundamentales, y toda su estructura orgánica debe, por tanto,
dirigirse hacia la consecución de ese fin primordial, siendo ello reconocido incluso por la
CONSTITUCIÓN DE 1980. Sin embargo, tanto la ciudadanía como los organismos
internacionales de derechos humanos reconocen en el ESTADO un agente de riesgo para
estos derechos, específicamente cuando se trata de situaciones de anormalidad
institucional.
En este sentido, lo vivido en Chile desde octubre de 2.019 hasta la fecha, ha
puesto en evidencia -así registrada por organismos internacionales y tribunales chilenos-
la fragilidad de los derechos humanos en estas circunstancias, en las que, por decisión
unilateral del PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, diversas zonas del país han quedado bajo
la dependencia de autoridades militares, contrariando así los requerimientos
internacionales mínimos sobre la materia, y constituyendo uno de los últimos enclaves
autoritarios de la CONSTITUCIÓN vigente.
Si bien Chile se encuentra inmerso en un proceso constituyente para una nueva
CONSTITUCIÓN, el solo hecho de estar a días de cumplir tres cuartos de año bajo un
estado de excepción constitucional y toque de queda, habiendo pasado ya un estado de
emergencia con resultado de miles de personas heridas y decenas de fallecidos en
contexto de manifestaciones, en medio de una escasa aprobación porcentual del
desempeño del gobierno que deriva en propuestas de anticipación de las elecciones
presidenciales; todo ello pone de manifiesto la necesidad de limitar cuanto antes esta
atribución presidencial, que constituye uno de los más claros signos de desbalance
orgánico desde el punto de vista democrático del presidencialismo chileno.
20-09-2021
21:51
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