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Modifica la Carta Fundamental para incluir, dentro de las garantías constitucionales, el reconocimiento al trabajo doméstico y a la labor consistente en el cuidado de personas

Fecha20 Marzo 2019
Número de Iniciativa12490-07
Fecha de registro20 Marzo 2019
Autor de la iniciativaBoric Font, Gabriel, Cariola Oliva, Karol, Castillo Muñoz, Natalia, Fernández Allende, Maya, Orsini Pascal, Maite, Rojas Valderrama, Camila, Winter Etcheberry, Gonzalo, Yeomans Araya, Gael
MateriaCUIDADO DE PERSONAS, GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, TRABAJO DOMESTICO
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Discusión general
Tipo de proyectoReforma constitucional

Modifica la Carta Fundamental para incluir, dentro de las garantías constitucionales, el reconocimiento al trabajo doméstico y a la labor consistente en el cuidado de personas

Boletín N°12490-07





Lo llaman amor, nosotras lo llamamos trabajo no pagado”

Silvia Federici



ANTECEDENTES


I. DEL PROPÓSITO DE ESTA LEY


El presente proyecto de ley tiene como propósito dar pasos iniciales en el reconocimiento del trabajo no remunerado que miles de mujeres en Chile realizan día a día, contribuyendo a la creación de un mandato dirigido al Estado para la creación de políticas públicas enfocadas en el reconocimiento de su valor, y no en “ayudas” hacia las mujeres para llevar el rol de trabajo doméstico y de cuidados, que ha sido injustamente canalizado como una obligación natural y exclusiva de las mujeres a través de la historia.


En ese sentido, las movilizaciones feministas que con gran ímpetu han irrumpido en la escena nacional estos últimos años para denunciar femicidios, acoso, abuso sexual, la violencia en el seno de nuestros hogares, la violencia contra las disidencias sexuales, entre otros, demuestran que no sólo al hablar de una vida sin violencia nos referimos a cuestiones específicas y sectoriales, sino también hablamos de una violencia estructural que cala en diversos aspectos de nuestras vidas y que de no ser enfrentada desde esa perspectiva, dificulta enormemente una respuesta exitosa para su erradicación.


Un punto neurálgico en esa línea, es el reconocimiento del trabajo que por décadas ha sido invisibilizado y que, con el ingreso de las mujeres al mercado laboral, ha relevado con más fuerza la necesidad de ser valorizado.




II. DEL OBJETO DE ESTA LEY


El objetivo de este proyecto es establecer una legislación que fije el marco y puntapié inicial, como ya viene ocurriendo en otros países latinoamericanos durante la últimas décadas, de incorporar el trabajo doméstico y de cuidados como un trabajo que genera riqueza nacional, y que debe por tanto ser cuantificado y considerado en la creación de programas y políticas públicas, bajo la especial consideración de que una de las grandes barreras de discriminación hacia la mujer en materias de trabajo y seguridad social tienen directa relación con su invisibilización, con las consecuentes dificultades que genera para las mujeres al ingresar y mantenerse en el mercado laboral. En ese mismo sentido, este proyecto hace eco de los tratados internacionales suscritos por Chile, como Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y va en consonancia con diversas recomendaciones que recientemente el Comité Cedaw ha realizado a nuestro país para la supresión de barreras que generan discriminación hacia las mujeres.

III. DE LOS FUNDAMENTOS DE ESTA LEY

  1. El desconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados es una forma de discriminación y violencia hacia las mujeres.



El trabajo, como ha sido reconocido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “comprende todas las actividades realizadas por personas de cualquier sexo y edad con el fin de producir bienes o prestar servicios para el consumo de terceros o para uso final propio (…) independientemente de la legalidad, formalidad o la mediación de pago por la actividad realizada.”1 También la OIT ha definido recientemente el trabajo doméstico como “todo trabajo realizado en o para uno o varios hogares para proveer servicios principalmente para el consumo de sus miembro”2, señalando que dicho trabajo puede ser realizado de forma remunerada o no remunerada por miembros del hogar.

En esa línea, los resultados de la última Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo (ENUT 2015)3 realizada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) vienen a visibilizar por una parte, el tiempo invertido en el trabajo doméstico, y por otra, la perpetuación de los roles de género clásicos que ratifican que las mujeres son a quienes casi exclusivamente se ha relegado dicha labor.

Dicha encuesta parte de la utilización de la clasificación internacional CAUTAL dada por la CEPAL, que comprende en el trabajo doméstico no remunerado “actividades como la preparación y servicio de comida dentro del hogar, la limpieza de la vivienda, limpieza y cuidado de ropa y calzado, mantenimiento y reparaciones menores en el propio hogar, la administración del hogar, compras del hogar, incluyendo los traslados relacionados y el cuidado de mascotas y plantas.”4 Por su parte, los cuidados son entendidos como “las actividades que se realizan para el desarrollo y bienestar de la vida cotidiana de las y los integrantes del hogar”5 y comprende “todas las actividades que son de servicios no remunerados de cuidado, es decir, el cuidado de personas que requieren algún cuidado de salud permanente y están en condición de dependencia, el cuidados a niñas y niños de 0 a 4 años, a niños y niñas de 5 a 14 años, y también a personas de 15 a 65 años (sanas, que no requieren cuidados especiales), y personas de 66 años y más”6.

Conforme a los principales resultados de la ENUT 2015, en el día de semana las mujeres participan 95,5% en el trabajo no remunerado destinando 6,07 horas en promedio, mientras que los hombres participan en 87,2% y destinan 2,74 horas en promedio. Los fines de semana, las mujeres participan en un 94,6% y destinan 6,12 horas, mientras que los hombres participan en 88,0% y destinan 3,50 horas promedio.7 En definitiva, las estadísticas confirman que el trabajo doméstico y de cuidados en nuestro país es realizado mayoritariamente por mujeres, lo que trae aparejadas diversas consecuencias negativas y discriminatorias hacia las mujeres. Con especial énfasis desarrollaremos las tres principales discriminaciones relacionadas al mundo del trabajo: la dificultad en la inserción laboral, las constantes y más altas brechas salariales de la región, y la abismante discriminación en el sistema de pensiones en nuestro país.



1.1 Inserción laboral femenina.

Organismos internacionales como CEPAL reconocen “que la carga de trabajo no remunerado de cuidado, asignada exclusivamente a las mujeres y no compartida con los hombres de sus familias, impone barreras considerables para la inserción laboral femenina”8, señalando que dicha forma de sostener el cuidado es un reproductor de la pobreza y desigualdad que es necesario enfrentar en América Latina.

De acuerdo al Estudio “Mujeres trabajando: una exploración al valor del trabajo y la calidad del empleo en Chile” realizado por Fundación SOL en 2015, de las 7.230.560 mujeres que están en edad activa para trabajar, existen 3.736.371 que se encuentran inactivas, de las cuales, un 37% identifica que la razón es que deben dedicarse a los quehaceres del hogar, reafirmando que en efecto, el trabajo doméstico es un impedimento importante al momento de ingresar al mercado laboral para las mujeres.

Corrobora dicha afirmación el Informe Mensual de Calidad del Empleo (IMCE) de la Fundación SOL del año 2018, que registra que las mujeres tienen una tasa de ocupación para febrero-abril 2018 de 46,7 %, mientras que se registra una tasa de ocupación de un 66,5 % de los hombres en edad de trabajar ocupados. Esto indica que se mantiene una brecha importante en la inserción laboral femenina en relación a la masculina, con casi 20 puntos porcentuales de diferencia.9

Datos de la Encuesta Nacional de Empleo (ENE) para el trimestre móvil octubre-diciembre del año 201810 también confirman la brecha , arrojando que las tasas de participación laboral y de ocupación femenina alcanzan el 48,5% y 45,0%. Comparadas con las de los hombres, las brechas son del orden de -22.7 p.p. y -21.7 p.p., respectivamente.

Es por esto que las medidas de los gobiernos en torno a mejorar la inserción laboral femenina sin reconocer su directa relación con la invisibilización del trabajo doméstico, traen como consecuencia una mirada parcial y descontextualizada de los orígenes de las discriminación hacia las mujeres.



1.2 Brechas salariales

La carga del trabajo doméstico no remunerado influye a su vez en las diferencias salariales que experimentan las mujeres versus los hombres. Así, aquellas mujeres que ya tienen un empleo reciben salarios menores que los hombres de características similares, produciéndose una brecha salarial que bordea el 30%.

El mismo estudio de Fundación Sol “Mujeres trabajando: una exploración al valor del trabajo y la calidad del empleo en Chile”, revela que las 3.494.189 mujeres que constituían fuerza de trabajo en Chile en 2015, al ser comparadas con los hombres sobre los trabajos que realizan, dejaba al descubierto que son las mujeres quienes se llevan mayoritariamente los servicios domésticos remunerados.. También, el estudio señala que más del 50% de la fuerza de trabajo femenina gana menos de $221.000 mensuales, siendo solo un 15% el que supera los $500.000.11

Por su parte, el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) señala que el ingreso medio mensual de las mujeres ocupadas aumentó un 46,2% entre 2010 y 2016. Sin embargo, la brecha de género del ingreso medio se mantuvo alrededor del 30%, alcanzado su punto más alto el año 2011 con-34,5%. En el año 2016, las mujeres percibieron un ingreso medio 31,7% menor que el ingreso medio mensual de los hombres ocupados.12 Brechas similares arroja la Encuesta Suplementaria de Ingresos 2017 (INE), expresando que, mientras los hombres ganan en promedio $636.981, el balance de las mujeres sólo...

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