Modifica la Carta Fundamental para habilitar en forma permanente, a los pensionados en modalidad de renta vitalicia y sus beneficiarios, a exigir el pago anticipado de sus rentas, en las condiciones que indica
Fecha | 29 Abril 2021 |
Número de Iniciativa | 14221-07 |
Fecha de registro | 29 Abril 2021 |
Autor de la iniciativa | Bianchi Retamales, Karim |
Materia | CORONAVIRUS, CORONAVIRUS COVID-19, COVID-19 |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Reforma constitucional |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Diputado Karim Bianchi Retamales
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL CAPÍTULO IV
QUE REGULA LOS ESTADOS DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL EN LOS
TÉRMINOS QUE INDICA.
1. IDEA MATRIZ.
La presente moción de reforma constitucional tiene por objeto modificar el alcance de las
normas que regulan los estados de excepción constitucional; específicamente, en lo que concierne a
la declaración de catástrofe por calamidad pública.
Entendiendo que la causa de tal declaración afecta de manera directa los derechos
fundamentales de locomoción, reunión y propiedad, esta moción de reforma viene a regular el
alcance de los mismos, facultando a todos los jubilados por rentas vitalicias y a sus beneficiarios a
adelantar el pago de sus rentas.
Este derecho a pago por adelantado opera una vez declarado el estado de excepción
constitucional de catástrofe, durante sus extensiones y 365 días después de su término,
otorgando de forma voluntaria a todos los jubilados por renta vitalicia a adelantar un porcentaje de
sus futuras rentas, con el objeto de subsanar en parte, las consecuencia económicas que ocasiona la
restricción de los derechos de locomoción y de reunión.
Finalmente, esta reforma constitucional al capítulo IV que regula los estados de excepción
constitucional establece que el ejercicio del derecho a adelanto de pensiones consagrado en la
ley Nº 21.330 no hará caducar el derecho al pago anticipado reconocido en esta reforma
constitucional, por consiguiente, su ejercicio conjunto siempre será compatible.
2. FUNDAMENTOS.
Actualmente, el brote de coronavirus, COVID-19, ha traído una crisis humanitaria y
sanitaria sin precedentes. Los efectos económicos del mismo han generado repercusiones en todo el
mundo, obligando a los Estados de aquellos países que han sufrido altos contagios, a establecer
reglas y sistemas que buscan hacer frente a los efectos devastadores que tiene esta pandemia para el
sistema económico y social.
29-04-2021
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