Modifica la Carta Fundamental para establecer la cesación en el cargo del parlamentario que inscribe su candidatura a la Presidencia de la República
Fecha | 09 Junio 2016 |
Fecha de registro | 09 Junio 2016 |
Número de Iniciativa | 10741-07 |
Autor de la iniciativa | Auth Stewart, Pepe, Becker Alvear, Germán, Browne Urrejola, Pedro, Ceroni Fuentes, Guillermo, Godoy Ibáñez, Joaquín, Monckeberg Díaz, Nicolás, Rubilar Barahona, Karla |
Materia | CANDIDATOS, CESACIÓN DE CARGO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Modifica la Carta Fundamental para establecer la cesación en el cargo del parlamentario que inscribe su candidatura a la Presidencia de la República
Boletín N°10741-07
ANTECEDENTES
Hemos constado un importante privilegio en nuestra Constitución, que permite a algunas autoridades competir en una elección presidencial, con menores riesgos.
Actualmente, los parlamentarios pueden participar en aquella elección en condiciones distintas a sus competidores e incluso en algunos casos perder la elección y, al acto seguido mantener su escaño parlamentario.
Para remediar aquella situación es que queremos implementar el concepto jurídico de Cesación en el ejercicio de su cargo.
Tanto la Real Academia Española como la Doctrina Chilena comparten definiciones de Cesación como: “dejar de desempeñar un cargo o empleo” o “destituir o deponer a alguien del cargo que ejerce”.
A objeto de comprender la reforma constitucional, pasaremos a explicar la figura:
CESACIÓN
Actualmente, si un Senador que esta en la mitad de su periodo, o que derechamente no corresponde el tiempo de su reelección, desea participar en una elección presidencial, en los hechos no corre grandes riesgos, esta en el “mejor de los mundos”, parafraseando al Filosofo Gottfried Leibniz.
Para comprender esta frase citamos a Javier Aguado Rebolledo que con gran pluma manifiesta:” “La razón por la que a Leibniz el mundo real le pareció el mejor de los posibles fue que, según él, en dicho mundo se da la mayor cantidad deseable de cosas con el menor gasto que cabe pensar”.1
El candidato a Senador que no debe ir a su reelección, no corre riesgos ni grandes “gastos”, ya que si pierde la elección, lo esperará su escaño en el Congreso por al menos cuatro años más, está en su propio mundo real, que a su vez es el mejor posible. Sin embargo, el Senador que no esta en aquella situación, no posee el mismo privilegio, generando una discriminación arbitraria a personas que poseen las mismas características.
Ejemplos gráficos de la situación actual, serian:
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Senador que cumple su mandato este 2018 y decide participar en la elección presidencial, no puede competir por su reelección.
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