Modifica los artículos 46 y 52 de la ley N° 18.290, Ley de Tránsito, relativo al robo de vehículos. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914498343

Modifica los artículos 46 y 52 de la ley N° 18.290, Ley de Tránsito, relativo al robo de vehículos.

Fecha06 Junio 2012
Número de Iniciativa8342-15
Fecha de registro06 Junio 2012
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones
Autor de la iniciativaAuth Stewart, Pepe, Hasbún Selume, Gustavo, Latorre Carmona, Juan Carlos, Meza Moncada, Fernando, Pacheco Rivas, Clemira, Pérez Arriagada, José, Sepúlveda Orbenes, Alejandra, Teillier Del Valle, Guillermo, Torres Jeldes, Víctor, Walker Prieto, Matías
MateriaROBO DE VEHÍCULOS, TRÁNSITO
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción


Modifica los artículos 46 y 52 de la ley N° 18.290, Ley de Tránsito
relativo al robo de vehículos

Boletín N° 8342-15


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El robo de autos es considerado como uno de los delitos que genera mayor connotación social, esto debido a que cada día se hace más común este tipo de hechos, los cuales tienen un efecto altamente funcional a la cotidianeidad de las familias, especialmente en las de clase media.

El parque automotor chileno llega a ser de 4 millones de vehículos motorizados. Durante el año 2010, los robos llegaron a marcar 31.726 oportunidades mientras que el año 2011 esto aumento a los 36.000 vehículos, según los antecedentes entregados por la Sección de Encargo y Búsqueda de Vehículos (SEBV) de Carabineros de Chile.

En Chile un delincuente tarda tan solo 30 segundos en apropiarse de un auto, llegando en promedio a ser 100 los que pueden ser robados en un solo día, la tendencia desde el año 2009 ha ido constantemente en crecimiento a pesar que en el último periodo estival tuvo una leve baja no se sabe aun como será el comportamiento en el futuro respecto a estas cifras.


En virtud de lo expuesto, los Diputados abajo firmantes convienen en proponer el siguiente:


La cifra lo dice todo: cien autos diarios se roban en promedio en Chile. Por descuido, con violencia o mientras están estacionados. Al año, más de 34 mil vehículos son sustraídos. Su destino: desguazados para venderlos por piezas, ser donados, "exportados" a Bolivia o para usarlos en robos de cajeros automáticos o alunizajes en tiendas.

Los principales objetivos del robo de autos son su desarme, ya que la ganancia por la venta parcializada del vehículo es mucho mayor a que si se hiciese en su integridad y completamente funcionando. Otra particularidad de por qué se realiza de esta forma es su fácil reducción ya que al venderse piezas usadas y al no contar con un número identificatorio de su proveniencia es de rápida venta.

Las bandas organizadas en este tipo de delitos compran vehículos chocados y luego son arreglados con repuestos de autos robados de la misma marca y modelo, así pueden ser vendidos de manera "legal".

Estos tipos de casos son muy difíciles de fiscalizar y perseguir ya que al no existir documentación previa que pueda identificar desde donde proviene cada pieza, produciéndose un blanqueo de la ilegalidad.


PROYECTO DE LEY

Artículo Único:

Agréguese un inciso segundo en el artículo 46 de la ley 18.290

"Dicho reglamento deberá especificar la individualización a través de la inscripción del número identificatorio o chasis del vehículo motorizado en las siguientes partes: vidrios, parabrisas, motor, espejos, computador, radiador y llantas"

Agréguese un inciso cuarto en el artículo 52 de la ley 18.290

"La placa patente otorgada por el registro civil...

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