Modifica el artículo 80 de la ley N° 18.290, de tránsito, en el sentido de permitir, en casos excepcionales, el transporte de animales domésticos en asientos traseros de automópviles debidamente asegurados. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914511636

Modifica el artículo 80 de la ley N° 18.290, de tránsito, en el sentido de permitir, en casos excepcionales, el transporte de animales domésticos en asientos traseros de automópviles debidamente asegurados.

Fecha31 Marzo 2009
Fecha de registro31 Marzo 2009
Número de Iniciativa6429-15
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones
Autor de la iniciativaEstay Peñaloza, Enrique, Hernández Hernández, Javier, Isasi Barbieri, Marta, Rojas Molina, Manuel, Von Mühlenbrock Zamora, Gastón
MateriaTRÁNSITO, TRANSPORTE DE ANIMALES DOMÉSTICOS
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley

Modifica el artículo 80 de la ley N° 18.290, ley de tránsito, en el sentido de permitir en casos excepcionales el transporte de animales domésticos en asientos traseros de automóviles debidamente asegurados

Boletín N° 6429&8209;15


Considerando.


La tenencia de mascotas responsables en nuestro país cada día se ha ido incrementando, existiendo una consciencia social que constituyen compañía, fuente de responsabilidad para menores a quienes se les estimula esta característica a través de la tenencia responsable de mascotas. Constituyen en algunos casos compañeros inseparables que hacen más fácil la vida de ciertas personas con discapacidad ayudándolos a comunicarse y tener reinserción social.


Por otro lado, en nuestra legislación no existe mayormente regulación jurídica relativa al transporte y tenencia de animales domésticos, estando muy lejos de países desarrollados en este aspecto, quienes tienen padrones y registros de los animales que forman parte de una familia.


Pues bien, un aspecto importante en la tenencia responsable de mascotas es el aspecto que se pretende regular en este proyecto de ley. Es innegable que el transporte de estos animales es recurrente en vehículos particulares, el fin de trasladarlo a controles médicos o simplemente para llevarlos a plazas o lugares de esparcimiento constituye, sin lugar a dudas, muy común entre los chilenos.


Nuestra actual legislación, a nuestro juicio, es restrictiva y poco clara a la vez. Por ejemplo, impide que puedan ser transportados los animales domésticos en los asientos delanteros de este tipo de vehículos. Sin embargo, nada dice respecto de transportarlos en tos asientos traseros de los autos, por lo que en la práctica se podría burlar fácilmente la disposición en comento, si el dueño de una mascota la traslada en aquella parte de su vehículo particular.


Pensamos, aplicando el adagio jurídico, que la solución en principio sería disponer él aforismo: "donde existe la misma razón debe...

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