Modifica Art. 445, N° 10, del Código de Procedimiento Civil, en el sentido de incorporar como bienes inembargables, los computadores personales destinados al uso laboral. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914496589

Modifica Art. 445, N° 10, del Código de Procedimiento Civil, en el sentido de incorporar como bienes inembargables, los computadores personales destinados al uso laboral.

Fecha31 Marzo 2009
Número de Iniciativa6428-07
Fecha de registro31 Marzo 2009
Autor de la iniciativaEstay Peñaloza, Enrique, Forni Lobos, Marcelo, Hernández Hernández, Javier, Isasi Barbieri, Marta, Lobos Krause, Juan, Moreira Barros, Iván, Rojas Molina, Manuel, Salaberry Soto, Felipe, Uriarte Herrera, Gonzalo, Von Mühlenbrock Zamora, Gastón
MateriaBIENES INEMBARGABLES, CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, COMPUTADOR PERSONAL DE USO LABORAL
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley

Modifica el artículo 44510 del Código de Procedimiento Civil, en el sentido de incorporar como bienes inembargables los computadores personales destinados al uso laboral

Boletín N° 6428&8209;07


Considerando:


1 ° Que, en nuestro país la utilización de computadores se ha masificado al punto de existir en prácticamente todas las casas al menos un computador, los que son utilizados mayoritariamente por jóvenes estudiantes quienes destinan su uso para la realización de trabajos escolares y/o universitarios. Junto con lo anterior, un gran número de personas considera al computador como una herramienta de trabaja, la que sin lugar a dudas, dado los tiempos que corren constituyen una fuente laboral en la vida cotidiana.


2° En este sentido, las políticas gubernamentales han propendido a la utilización de estos equipos los que han dejado de ser un artículo suntuario en la vida de los chilenos, pasando a constituirse en una herramienta eficaz utilizada cada vez más en el trabajo cotidiano.


3° Ciertamente, el desarrollo de la tecnología y los avances que en este aspecto ha experimentado nuestro país, hace que la utilización de los computadores, en sus diferentes versiones, favorezcan el desarrollo y productividad de las actividades profesionales y educativas de sus propietarios.


4° Naturalmente, lo que se pretende en los juicios de carácter ejecutivo es que el ejecutado-deudor, tenga un patrimonio suficiente para proceder al pago de la deuda, evidentemente si tiene las herramientas necesarias para ello podrá, en el menor tiempo posible, generar las ganancias que le permitan cumplir con su obligación y con ello dar cumplimiento efectivo, íntegro y total de la deuda contraída.


5° El legislador en este aspecto ha considerado una serie de bienes, que por su especial funcionalidad en la vida de las personas, los ha excluidos de la embargabilidad, regla general en esta materia, en consecuencia, los computadores a juicio de estos parlamentarios,...

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