Decreto núm. 73, publicado el 24 de Septiembre de 1991. MODIFICA Y AMPLIA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS - MUNICIPALIDAD DE MARIA PINTO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470950150

Decreto núm. 73, publicado el 24 de Septiembre de 1991. MODIFICA Y AMPLIA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE MARIA PINTO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA Y AMPLIA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

María Pinto, 16 de Agosto de 1991.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:

Núm. 73.- Vistos y teniendo presente:

  1. El Decreto Alcaldicio No. 54, de 31.12.86, publicado en el DO No. 32.753, de fecha 23.04.87.

  2. El DL No. 3.063/79, sobre Rentas Municipales.

  3. El Acta No. 65 del Consejo de Desarrollo Comunal, de fecha 11.07.91, y,

  4. Con las atribuciones que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades No. 18.695 de 1988.

Decreto:

Artículo Unico
  1. Modifícase, y amplíase el art. 5°, en la forma que señala a continuación:

    1.- Control cada 6 años, para conductores, con Licencia clases:

    A 1; A 2;B;C; y D. 50% UTM

    2.- Control anual, para conductores con Licencias:

    A 1; A 2; B; C; y D, y conductores mayores de 65 años. 20% UTM

    3.- Examen psicotécnico, cuando no se trate del que debe

    rendirse, para obtención de Licencia, y cambio de domicilio 10% UTM

    4.- Otorgamiento de Licencia de Conducir, por primera vez,

    conforme Ley de Rentas, Municipales, art. 42 No. 6, con una

    o varias de las clases A-1 ; A-2; B) y C. $ 6.156.-

    Clases D; y E. 1.054.-

    5.- Duplicados de Licencia para conducir vehículos

    motorizados clases A-1; A-2; B; y C. 25% UTM

    Clases D; y E. 10% UTM

    6.- Certificado de antigüedad de conductor; verificación

    número de motor; chassis, de vehículos u otros afines. 5% UTM

    7.- Transferencia de vehículos motorizados. 1% Tasac.

    8.- Permisos provisorios circulación de vehículos

    motorizados, por tres días, en cada mes. 5% UTM

    9.- Duplicado del comprobante de pago del permiso de

    circulación. 5% UTM

    10.- Prórroga Licencia de conducir, cualquier clase,

    hasta 30 días. 5% UTM

  2. Sustituir los N°s. 1, y 2 del art. 6° por el siguiente:

    1.- Subdivisión y loteos del avalúo fiscal...

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