Ley núm. 19630, publicada el 04 de Septiembre de 1999. MODIFICA Y ADECUA DISPOSICIONES DEL CODIGO DEL TRABAJO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL |
Rango de Ley | Ley |
MODIFICA Y ADECUA DISPOSICIONES DEL CODIGO DEL TRABAJO
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
P r o y e c t o d e l e y
''Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:
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Modifícase el artículo 14, en la forma siguiente:
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En el inciso primero, elimínase el vocablo ''subterráneos'' y la coma (,) que le sigue.
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En el inciso segundo, sustitúyese la expresión ''dieciocho años'' por ''veintiún años'', e intercálase entre los términos ''trabajos'' y ''subterráneos'' la palabra ''mineros''.
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- En el inciso tercero, reemplázase la expresión ''dieciocho años'' por ''veintiún años''.
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En el artículo 48, sustitúyese el inciso primero por el siguiente:
''Artículo 48.- Para estos efectos se considerará utilidad la que resulte de la liquidación que practique el Servicio de Impuestos Internos para la determinación del impuesto a la renta, sin deducir las pérdidas de ejercicios anteriores; y por utilidad líquida se entenderá la que arroje dicha liquidación deducido el diez por ciento del valor del capital propio del empleador, por interés de dicho capital.''.
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En el artículo 73, inciso primero, sustitúyese el guarismo ''66'' por ''67''.
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En el artículo 171, suprímese el inciso segundo.
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En el artículo 227, inciso segundo, reemplázase la expresión ''más del cincuenta por ciento'' por ''a lo menos el cincuenta por ciento''.
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En el artículo 238, agrégase el siguiente inciso final:
''En una empresa los mismos trabajadores podrán gozar del fuero a que se refiere este artículo sólo dos veces durante cada año calendario.''.
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En el artículo 310, inciso segundo, sustitúyese la expresión ''en el artículo anterior'' por la frase ''en el inciso anterior''.
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Intercálase el siguiente artículo 473 bis, nuevo:
''Artículo 473 bis.- Las causas laborales gozarán de preferencia para su vista y conocimiento en la Corte Suprema.''.''.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 24 de agosto de 1999.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Germán Molina Valdivieso...
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