Moderniza la legislación bancaria - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914513244

Moderniza la legislación bancaria

Fecha13 Junio 2017
Número de Iniciativa11269-05
Fecha de registro13 Junio 2017
EtapaTramitación terminada Ley N° 21.130 (Diario Oficial del 12/01/2019)
MateriaLEGISLACIÓN BANCARIA
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje



MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, CON EL QUE MODERNIZA LA LEGISLACIÓN BANCARIA.

Santiago, 12 de junio de 2017.





63-365/





A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que moderniza la legislación bancaria.


I.FUNDAMENTOS Y OBJETIVOS DEL PROYECTO

La actividad bancaria juega un rol fundamental en nuestra economía. Por una parte, constituye un importante mecanismo de financiamiento tanto para las personas como para las empresas. En términos específicos, los bancos generan un punto de encuentro entre ahorrantes e inversionistas, mediante la transformación de ahorros de corto plazo en inversiones de largo plazo. Por otra parte, los bancos desempeñan un importante papel en la cadena de pagos, toda vez que proveen de liquidez a los agentes de mercado, facilitando las transacciones financieras y el intercambio.

Sin embargo, existen importantes riesgos inherentes a la actividad bancaria. Debido a la alta dependencia de recursos de terceros, los bancos están expuestos a enfrentar eventuales desajustes entre sus activos y pasivos que pueden derivar en problemas de solvencia (por ejemplo, en caso de retiro masivo de depósitos de corto plazo, o de imposibilidad de cobrar créditos otorgados). A su vez de materializarse este tipo de problemas, es probable que se contagien otras instituciones, debido al creciente grado de interconexión del sistema financiero, pudiendo desencadenar una crisis financiera, cuyas consecuencias son asumidas en buena parte por los sectores más vulnerables de la población, tal como nos lo ha demostrado la experiencia mundial reciente.

Sumado a lo anterior, las crisis financieras conllevan importantes costos fiscales, pues muchas veces implican la activación de distintos esquemas de garantía estatales destinados a la protección de los depositantes, o al rescate de bancos por parte del Estado. De esta manera, suelen ser los contribuyentes quienes terminan por asumir buena parte de los costos derivados del mal funcionamiento de la industria.

Chile no ha estado al margen de este fenómeno. La crisis que afectó a la banca nacional durante la primera mitad de la década de los ochenta llevó al Gobierno a adoptar una serie de medidas de rescate que implicaron un importante costo fiscal y un incremento en el nivel de deuda pública. Según algunas estimaciones, el costo fiscal acumulativo alcanzó a más del 40% del Producto Interno Bruto (PIB), mientras que el nivel de endeudamiento público se incrementó en 87,9 puntos del PIB (Laeven, L y F. Valencia, Systemic Banking Crisis Database, IMF Economic Review, 2013).

De esta manera, la protección de la estabilidad financiera no solo constituye un factor relevante desde el punto de vista del crecimiento económico, sino que también desde la perspectiva de la estabilidad fiscal y, sobre todo, del bienestar social. El desarrollo de un sistema bancario sólido, sustentable y debidamente supervisado constituye una condición esencial para ello.

En este contexto, es sumamente relevante contar con una adecuada regulación prudencial. Por una parte, los depositantes generalmente no disponen de información suficiente en relación con la actividad de los bancos o bien, teniéndola, carecen de las competencias necesarias para su debida comprensión, lo que les impide ejercer un monitoreo efectivo sobre sus actividades. Así, la regulación prudencial se constituye como una herramienta que permite alinear los incentivos de los intermediarios financieros y sus acreedores, sustituyendo el rol que le corresponde a los depositantes en su calidad de acreedores de los bancos. Por otra parte, dicha regulación está dirigida al fortalecimiento de la resiliencia de las instituciones financieras frente a una crisis, evitando la exposición a riesgos sistémicos derivados del alto nivel de interconexión de la industria, así como los efectos negativos que una falla puede generar sobre la cadena de pagos.

Por lo mismo, es fundamental contar con adecuadas exigencias de capital para los bancos, de modo que sus actividades sean financiadas con una mayor proporción de recursos propios. De esta manera, los propietarios y los administradores de los bancos pueden internalizar los costos derivados de sus decisiones de inversión y absorber eventuales pérdidas, evitando que sean los depositantes y, eventualmente, el Estado quienes asuman los riesgos que tales decisiones puedan generar. Así, la regulación prudencial no sólo tiene como objetivo prevenir el desarrollo de una crisis, sino también enfrentarla de la mejor manera posible en caso de materializarse.

Para alcanzar estos objetivos, es importante contar con un esquema de supervisión de cumplimiento. La legislación debe establecer requerimientos de información para las empresas reguladas, mecanismos que aseguren una inspección eficaz por parte de la autoridad y que, además, le permitan actuar oportunamente en caso que ello sea necesario.

Si bien el sistema bancario nacional ha demostrado un importante grado de solidez, lo cual ha sido reafirmado por el nivel de resiliencia con que enfrentó la crisis financiera del año 2007, el mercado financiero ha evolucionado rápidamente en el último tiempo y está cada vez más interconectado a nivel global y local, lo que obliga a asumir una posición de mayor precaución al momento de evaluar su fortaleza para resguardar la estabilidad financiera en el futuro.

Las especiales circunstancias bajo las cuales se dictó nuestra actual Ley General de Bancos (LGB) en 1986, han cambiado considerablemente. Sin embargo, esta normativa solo ha sido objeto de modificaciones específicas. Una de ellas fue la reforma del año 1997, mediante la cual se incorporaron modificaciones con el objetivo de adecuar la normativa a los requerimientos de capital de Basilea I, dictados por el Comité de Basilea de Supervisión Bancaria (CBSB) en 1988. Desde entonces, la industria ha evolucionado tremendamente y los estándares internacionales de solvencia y liquidez para las empresas bancarias han sido objeto de constantes actualizaciones. De hecho, el año 2010, recogiendo las lecciones que dejó la crisis financiera de 2007, dicho Comité dictó los acuerdos de Basilea III, recomendando la implementación de exigencias de más y mejor capital para los bancos.

En similar sentido, en la experiencia comparada destaca la relevancia de contar con herramientas que permitan regularizar tempranamente la situación de un banco que enfrenta problemas de solvencia, así como maximizar el valor de los activos en caso de liquidación, asegurando el pago de las obligaciones de los depositantes y minimizando los impactos fiscales derivados de una crisis, en caso que no pueda ser prevenida. Todo ello para evitar que sean los ciudadanos quienes asuman los costos que esta pueda producir.

Asimismo, se recomienda contar con organismos regulatorios modernos, con un alto nivel de especialidad técnica, capaces de actuar de manera eficiente y oportuna en el resguardo del correcto funcionamiento del mercado, para lo cual resulta fundamental un importante grado independencia en el ejercicio de sus potestades.

Como es posible apreciar, la legislación nacional no ha incorporado los avances que, desde la dictación de Basilea I, han sido implementados en el contexto internacional, generándose una importante brecha que separa nuestra normativa vigente, de los estándares y mejores prácticas internacionales en materia de regulación bancaria.

Por otra parte, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) presenta una estructura de gobierno corporativo unipersonal, que se aleja de los estándares internacionalmente recomendados para enfrentar los actuales desafíos y necesidades de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR