Las minutas del Sernam y el Minsal con la preparación del proyecto sobre aborto - 11 de Enero de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 552183306

Las minutas del Sernam y el Minsal con la preparación del proyecto sobre aborto

Objetivos: analizar el proyecto en su estado actual, recibir comentarios, información relevante necesaria en cuanto a su aplicación y propuestas de mejoramiento. Terminada la reunión todos los participantes ofrecieron apoyo y ayuda si fuera necesaria.

Asisten a la cita: Dr. Pablo Lavín (Depto. Obstetricia y Ginecología Sur U. de Chile); Dra. Andrea Huneeus (Clínica Alemana); Dr. Ramiro Molina (CEMERA); Matrona Karen Guzmán (Unidad Técnica Recoleta); Dr. Mauro Parra (Perinatología U.Chile). Dr. Mauricio Gómez (Psiquiatra Jefe Depto. Salud Mental); Dra. Paulina Troncoso (Encargada Programa de la Mujer); Dra. Paz Robledo (Jefa Depto. Ciclo Vital); Matrona Yamileth Granizo (Depto. Ciclo Vital); Matrón Eduardo Soto (Depto. Ciclo Vital); Dra. Ana García (Asesora Ministra); Dra. Pía Castell (Asesora Ministra); Soc. Teresa Valdés (Jefa Género Gabinete Ministra).

Comentarios y observaciones a propuesta

Causal 1: Grave afectación de la salud de la mujer

Expresión "Grave afectación de la salud" podría ser cuestionada. Se propone redactar de una manera más precisa (ver redacción inicial de la propuesta).

Se señala que no se debe dejar establecido en la redacción de la ley el listado de situaciones que ponen en riesgo la vida de la mujer embarazada, pues estas pueden cambiar en el tiempo y con la tecnología disponible en determinado momento y circunstancia, y lo que debe estar claro es que los equipos de salud DEBEN anticipar y privilegiar la vida de la mujer, evitando riesgos y consecuencias innecesarias y graves en la salud, a menos que ella hubiese dejado manifestado en forma explícita y por escrito con antelación su decisión de priorizar la vida de su gestación.

Los profesionales manifiestan que todos estos casos clínicos, en los cuales pudiera estar en peligro la vida de la mujer, deben ser tratados y manejados por equipos de especialidad obstétricas en centro hospitalarios de alta complejidad, por lo que los equipos de salud de atención primaria y secundaria deberán derivar a un centro de alta complejidad, y deberán ser estos los que podrán clasificar en forma definitiva a la mujer que requiera la interrupción, poniendo a disposición de esa mujer el vaciamiento uterino correspondiente según semana de gestación, como herramienta terapéutica requerida. La interrupción misma en estas condiciones debe ser realizada por especialistas.

Se plantea que pudieran clasificar en esta causal casos muy específicos de salud mental, casos graves psiquiátricos en los cuales no se puede suspender el tratamiento farmacológico, donde se sabe razonablemente provocará grave malformaciones y riesgos fetales. En estos casos, el riesgo vital está dado por la descompensación grave de una patología psiquiátrica que pudiera determinar la muerte de la mujer. Se solicita al equipo de salud mental puedan definir y acotar las situaciones específicas a evaluar. Se expresa que estos casos serán de amplia discusión, pese a que debieran ser casos muy precisos y acotados.

Causal 2: Malformaciones fetales incompatibles con la vida extrauterina

Necesidad de evaluación de screening prenatal precoz de malformaciones congénitas. Se refuerza que el diagnóstico prenatal de confirmación de malformación congénita o fetal incompatible con la vida no se puede hacer realizar antes de las 12 semanas de gestación. Varias de las condiciones se develarán después de las 22 semanas por lo que para esta causal no puede haber límite para la edad gestacional, por lo que debe quedar explicitado que en estas condiciones, se autoriza el aborto (si se hace antes de las 22 semanas) o se autoriza la relación de parto prematuro, en los casos de mayores de 22 semanas, quedando claro y explicitado que el objetivo es la protección de la salud física y emocional de la mujer, por lo que debe ser ella quien decida si prefiere esperar los 9 meses o se procede al vaciamiento uterino, en consideración ante la viabilidad de esa gestación con la vida. Deberá quedar claro a los equipos de neonatología que la madre deberá definir si se desarrollan medidas terapéuticas extraordinarias o no.

Los casos deben ser evaluados por equipos de especialidad perinatológica para evaluar caso a caso, y poder hacer la recomendación técnica de vaciamiento uterino a la mujer, quien deberá definir si quiere realizar el aborto o interrupción del embarazo dependiendo de la edad gestacional, y poder ofrecer todos los servicios que requiera, como el apoyo emocional con equipos de salud mental, sea cual fuese su decisión, así como los acompañamientos posteriores de la mujer y del neonato, si decide tenerlo, existen probabilidades que esos neonatos se tomen su tiempo en...

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