Ministro dice que 'feto es ser humano vivo' aunque la ley diga que es persona al nacer - 30 de Agosto de 2017 - El Mercurio - Noticias - VLEX 692378249

Ministro dice que 'feto es ser humano vivo' aunque la ley diga que es persona al nacer

En su prevención sostiene que "el embrión o el ulterior feto constituyen una forma de vida humana intrauterina; es decir, un ser humano vivo".

Aunque coincide en que en el derecho hay un concepto de persona para efectos civiles -"Existe al nacer, es decir, al separarse completamente el feto de la madre"-; asegura que esta razón pragmática, orientada fundamentalmente a efectos patrimoniales, "no puede llegar a significar que el feto antes de nacer sea solo un mero centro de atribución o imputación normativa' para ciertos efectos, y no una forma de vida humana plena (...) sin derecho a la vida".

Según su criterio, "por regla general, el aborto es delito. Por excepción, no lo es; ni para la madre, por justificación en el caso del llamado aborto indirecto, ni para el equipo médico". Pero en ningún caso "porque el feto sea un mero interés jurídico y no un ser humano, o porque la mujer sea libre para interrumpir su embarazo".

Abre puerta a recursos de inaplicabilidad

Para Hernández las tres causales son constitucionales. Respecto de la primera, el peligro de la madre, afirma que comparte en este punto los argumentos vertidos en los considerandos 55º a 59º del voto de minoría, en que el artículo 19, numeral , inciso segundo de la Carta Fundamental solo autoriza el aborto denominado indirecto. "En ese evento, la acción interruptiva del embarazo va dirigida al objetivo de salvar la vida de la madre, pero sin la intención positiva de terminar con la vida del nonato", dice.

Sobre la segunda causal, inviabilidad fetal, plantea que es constitucional mientras se emitan "dos diagnósticos médicos" y de "especialistas".

A juicio, la causal de violación es constitucionalmente válida, "en tanto se mantenga en concreto dentro de los rigurosos límites referidos supra y, por ende, no funcione como un subterfugio procesal para encubrir un aborto basado en otras motivaciones no relacionadas con un auténtico hecho criminal que revista las características del delito de violación, en cualesquiera de sus formas".

Hernández abre la puerta para que en el caso de que no se cumplan los requisitos, el tribunal pueda revisar el tema o controlarlo "por la vía de la acción de inaplicabilidad concreta".

Brahm y Vásquez dicen que no existe aborto libre

María Luisa Brahm y Juan Ignacio Vásquez concurren a la decisión de rechazar los requerimientos deducidos también sin compartir algunos de los criterios de la mayoría que limitan el ejercicio de las atribuciones del TC.

Los...

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