MINERA LAS ADRIANITAS SpA - 23 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 877134883

MINERA LAS ADRIANITAS SpA

Número de registroCVE-2029941
Fecha de publicación23 Octubre 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.085
CVE 2029941 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.085 | Sábado 23 de Octubre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2029941
EXTRACTO
FRANCISCO NEHME CARPANETTI, Abogado, Notario Público Titular de la Primera
Notaría de Copiapó, O´Higgins N° 744, Copiapó, certifico que por escritura pública de fecha 19
de octubre de 2.021, Repertorio N° 2.337-2.021, ante mí: SERGIO VITTORIO GHIGLINO
SALTORI, chileno, divorciado, industrial minero, CI N° 8.463.114-0, Los Carreras 5777, Villa
Punta Negra, comuna de Copiapó, Región de Atacama, y, JORGE BERNARDO CASTRO
KOLOSSA, chileno, casado y separado de bienes, empresario, CNI N° 7.997.963-5, Parcela 22,
Camino a Chamonate, comuna de Copiapó, Región de Atacama, constituyeron Sociedad por
Acciones. NOMBRE: “MINERA LAS ADRIANITAS SpA”. OBJETO: El objeto de la sociedad
será: a ) la explotación de minas y canteras, la extracción de minerales metalíferos; la extracción
y aglomeración de carbón piedra, lignito y turba; b) la fabricación de productos primarios de
metales preciosos y metales no ferrosos; c) la fundición de metales y la explotación de industrias
básicas de hierro y acero; d) la construcción, montaje y explotación, por cuenta propia o ajena, de
hoteles, campamentos y todo otro tipo de hospedaje temporal; e) explorar, alumbrar y explotar
aguas subterráneas, solicitar el derecho y aprovechamiento de aguas y sus distribución a terceros;
f) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; g)
adquirir, enajenar, dar y tomar en arrendamiento, y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o
urbanos; construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en
cualquier forma; y, h) realizar cualquier otra actividad relacionada con lo anterior o que los
socios determinen de común acuerdo.- DURACIÓN: La sociedad comenzara a regir a partir de la
fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por
períodos iguales y sucesivos de 5 años.- CAPITAL SOCIAL: $1.000.000.-, dividido en 1000
acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal.- Don Sergio Vittorio Ghiglino Saltori,
suscribe 330 nominativas, de única serie y sin valor nominal, que ascienden a $330.000.-, y don
Jorge Bernardo Castro Kolossa suscribe 670 acciones nominativas, de única serie y sin valor
nominal, que ascienden a $670.000.-, todas las cuales se pagan en este acto de contado y en
dinero efectivo e ingresado a la caja social.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la
ciudad y comuna de Copiapó, territorio jurisdiccional de los Juzgados de Letras de Copiapó. Sin
embargo, el Directorio podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares
del país o del extranjero.- ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por un Directorio
compuesto de tres miembros. Los Directores durarán tres años en sus funciones y serán elegidos
en su totalidad por la Junta Ordinaria de Accionistas respectiva, o por una Extraordinaria en su
caso, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida. Don Sergio Vittorio Ghiglino Saltori y don
Jorge Bernardo Castro Kolossa en su calidad de únicos accionistas de MINERA LAS
ADRIANITAS SpA, designan como directores, en forma provisional, a don Sergio Vittorio
Ghiglino Saltori, a don Jorge Bernardo Castro Kolossa, y a don Luis Manuel Rodríguez Cuevas.-
Demás estipulaciones en escritura extractada. Copiapó, 20 de octubre de 2.021.-

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