Milad y Compañía Limitada 79.616.490-5 - 21 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 916656465

Milad y Compañía Limitada 79.616.490-5

Fecha de publicación21 Diciembre 2022
Número de registroCVE-2237968
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.431
CVE 2237968 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.431 | Miércoles 21 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2237968
EXTRACTO
HERNAN FUENTES ACEVEDO, Notario Curicó, Carmen 498, Curicó, certifica: Por
escritura otorgada ante mí, en fecha 19 de diciembre de 2022, repertorio Nº 4345-2022; la
SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA, rol único tributario
número setenta y seis millones doscientos cincuenta y cinco mil cuarenta y dos guión tres,
representada por don ABRAHAM GERARDO MILAD ABUSLEME, cédula nacional de
identidad número siete millones ciento setenta y tres mil cuarenta y dos guión cinco;
INVERSIONES DALIM SpA, rol único tributario número setenta y seis millones cuarenta y tres
mil seiscientos cuarenta y nueve guión seis, representada por don FRANCISCO ABRAHAM
ABDO MILAD ROJAS, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochocientos
ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve guion K; sociedad INVERSIONES SANTA
TERESITA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos
cincuenta y cuatro mil quinientos tres guión nueve, representada por doña MARIA TERESA
MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos treinta y
nueve mil sesenta y uno guión seis; sociedad INVERSIONES DOÑA TERESA LIMITADA, rol
único tributario número setenta y seis millones doscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos
cincuenta y ocho guión cinco, representada por doña CATALINA SOLANGE MILAD
ABUSLEME, cédula nacional de identidad número once millones quinientos cincuenta y ocho
mil cuarenta y seis guión nueve; don PABLO ANTONIO MILAD ABUSLEME, cédula nacional
de identidad número nueve millones veintitrés mil ciento ocho guión uno; don MIGUEL
ANGEL MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número seis millones seiscientos
treinta y cinco mil setecientos ochenta y cinco guión seis; modificaron la sociedad “Milad y
Compañía Limitada”, Rut N° 79.616.490-5, constituida por escritura pública suscrita ante el
Notario de Curicó, don Julio Aracena Vega, el 28 de octubre de 1985, cuyo extracto se inscribió
a fojas 331 vuelta N° 197 del Registro de Comercio del Conservador de Curicó, correspondiente
al año 1985, la cual ya ha sido objeto de cinco modificaciones.- Capital: $1.600.000.- La
modificación consiste en: De la administración.- Se reemplaza la cláusula cuarta del pacto social
primitivo, y el punto número dos de la cláusula cuarta de la modificación de fecha diecisiete de
junio de 2022, por lo siguiente: “La administración de la sociedad, su representación y el uso de
la razón social corresponderá indistintamente a don ABRAHAM GERARDO MILAD
ABUSLEME, Run N° 7.173.042-5, y/o a doña MARIA TERESA MILAD ABUSLEME, Run N°
9.239.061-6, quienes obrando por la sociedad en la forma indicada y anteponiendo su firma
personal a la razón social, la representarán con las más amplias facultades y con las limitaciones
que se señalan al final y sin que la enumeración que continua sea taxativa, podrán: 1.- Comprar,
vender, ceder y permutar toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, como
acciones, bonos y valores mobiliarios firmando los traspasos; dar y tomar en arrendamiento toda
clase de bienes muebles de cualquier especie; comprar toda clase de establecimientos, negocios,
marcas, patentes, derechos y privilegios sobre productos o materias primas o bienes inmateriales;
comprar bienes inmuebles de cualquier naturaleza; 2.- Cobrar y percibir cuando se adeude a la
Sociedad por cualquier concepto, firmar recibos y otorgar cancelaciones; 3.- Celebrar contratos
de prestación de servicios profesionales, de asesoría, de capacitación, de trabajo, de promesa, de
confección de obra material, de seguro, de depósito, de préstamo, de transporte, de leasing, de
factoring y todo contrato nominado o innominado que diga relación directa o indirecta con el
giro social; 4.- Contratar, abrir y cerrar cuentas corrientes de depósito, de crédito, de ahorro y
especiales ya sea con particulares, con el Banco del Estado de Chile, bancos Comerciales o de
Fomento, nacionales o extranjeros, públicos o privados, en moneda nacional, dólares u otra
moneda extranjera, operar las cuentas corrientes de la sociedad, las que se abran en el futuro, en
los bancos y en las demás instituciones de crédito, girar y sobregirar en ellas; reconocer, rechazar
saldos de cuentas corrientes; retirar talonarios de cheques; cobrar y cancelar cheques, sean
nominativos, a la orden o al portador; endosar cheques en depósito, cobranza, pago o garantía;
endosar cheques y efectos de comercio para depositar en las cuentas corrientes de la sociedad;
dar ordenes de no pago, aviso de extravío, revalidar cheques y realizar las gestiones judiciales
pertinentes, en caso de huerto, robo o extravío de ellos; protestar cheques y retirarlos y realizar
toda clase de operaciones bancarias; solicitar traspasos de fondos entre sí de las cuentas

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