Decisión nº C2894-17, de Consejo de Transparencia de 29 de Agosto de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699288397

Decisión nº C2894-17, de Consejo de Transparencia de 29 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar, Aseo y Ornato

DECISIÓN AMPARO ROL C2894-17

Entidad pública: Municipalidad de Las Condes.

Requirente: Miguel Toro Romo.

Ingreso Consejo: 16.08.2017.

En sesión ordinaria N° 826 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de agosto de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2894-17.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 14 de agosto de 2017, don Miguel Toro Romo efectuó una presentación a la Municipalidad de Las Condes, a través de la cual señaló lo siguiente: "Soy vecino de Cristóbal Colón 4198. Siempre me ha llamado la atención la situación de las veredas peatonales que existen en Cristóbal Colón, entre Sánchez Fontecilla y Américo Vespucio.

En estas cuadra, la vereda norte tiene veredas amplias y continuas que permiten una circulación peatonal muy cómoda. En cambio, la vereda sur tiene las veredas interrumpidas y con sectores muy estrechos, lo que dificulta la circulación peatonal. Además, en la vereda sur, esta condición de estrechamiento está provocada por el uso de esos espacios como estacionamiento de los edificios colindantes (como muestra la fotografía adjunta, correspondiente a Colón 4291).

Esto me hace consultar por los derechos que sustentan este uso tan dispar del espacio público entre los edificios de ambas veredas.

¿No debieran tener todos los edificios sus estacionamientos dentro de sus propiedades" (sic).

2) Que, mediante oficio N° 589, de 16 de agosto de 2017, la Municipalidad de Las Condes respondió que...

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