Decisión nº C446-14, de Consejo de Transparencia de 30 de Abril de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544590378

Decisión nº C446-14, de Consejo de Transparencia de 30 de Abril de 2014

Fecha de Resolución30 de Abril de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Planos U Otras Representaciones Gráficas - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaVivienda

DECISIÓN AMPARO ROL C446-14

Entidad pública: Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Bío Bío.

Requirente: Miguel Ángel Escalona Morales.

Ingreso Consejo: 04.03.2014.

En sesión ordinaria Nº 519 del Consejo Directivo, celebrada el 30 de abril de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C446-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 31 de enero de 2014, don Miguel Ángel Escalona Morales efectuó una presentación ante el Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Bío Bío (en adelante, indistintamente, SERVIU Región del Bío Bío), en la que se refiere a la construcción de un muro de contención en terreno de su propiedad -en el marco del programa de reconstrucción en sitio propio-, señalando que desde la primera presentación de los planos, ha sido rechazado por errores técnicos. De acuerdo a lo anterior, solicitó copia de los siguientes antecedentes:

a) Plano original.

b) Informes técnicos de rechazo, respectivos.

c) Último informe técnico, en que se aprueba el mismo.

2) RESPUESTA: El 3 de marzo de 2014, el órgano otorgó respuesta a la solicitud de acceso y entregó al recurrente los siguientes documentos del proyecto aprobado del muro de...

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