MGM PRODUCTOS MEDICOS LIMITADA - 29 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 929943560

MGM PRODUCTOS MEDICOS LIMITADA

Fecha de publicación29 Abril 2023
Número de registroCVE-2308833
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.539
CVE 2308833 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.539 | Sábado 29 de Abril de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2308833
EXTRACTO
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de
Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia,
certifico: por escritura pública de fecha 5 de abril de 2023, otorgada ante mí, MARCELO
EUGENIO DEL CARMEN GIRALDA MADARIAGA, MABEL GEORGINA HERRERA
UTEAU, CRISTIAN MARCELO GIRALDA HERRERA y CLAUDIA ANDREA GIRALDA
HERRERA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Los Leones número mil
trescientos sesenta y seis, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron sociedad
“MGM PRODUCTOS MEDICOS LIMITADA" inscrita a fojas 15.386, número 12.275, en el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1.999, de la siguiente
forma: (1) Cesión de Derechos: MARCELO EUGENIO GIRALDA MADARIAGA vende cede
y transfiere el 10% de los derechos sociales a don CRISTIAN MARCELO GIRALDA
HERRERA quien los compra y adquiere para sí. El precio de la compraventa de derechos
asciende a la suma de veinte millones de pesos que se pagan con la suma de cinco millones de
pesos al contado que el cesionario recibe a su entera satisfacción y conformidad y el saldo en tres
cuotas anuales, iguales y sucesivas de cinco millones de pesos, más un interés anual de un diez
por ciento, con vencimiento a partir del treinta de marzo de dos mil veinticuatro.- (2) Cesión de
Derechos: MARCELO EUGENIO GIRALDA MADARIAGA vende cede y transfiere el 10% de
los derechos sociales a doña CLAUDIA ANDREA GIRALDA HERRERA quien los compra y
adquiere para sí. El precio de la compraventa de derechos asciende a la suma de veinte millones
de pesos que se pagan con la suma de cinco millones de pesos al contado que el cesionario recibe
a su entera satisfacción y conformidad y el saldo en tres cuotas anuales, iguales y sucesivas de
cinco millones de pesos, más un interés anual de un diez por ciento, con vencimiento a partir del
treinta de marzo de dos mil veinticuatro. Son únicos socios de MGM PRODUCTOS MEDICOS
LIMITADA don Marcelo Eugenio del Carmen Giralda Madariaga con un 70% de los derechos
sociales, doña Mabel Georgina Herrera Uteau, don Cristian Marcelo Giralda Herrera y doña
Claudia Andrea Giralda Herrera, con el 10 % de los derechos sociales, cada uno.- (3) Aumento
de capital: Se modifica la cláusula QUINTA, en el sentido de que se aumenta el capital de la
sociedad de $40.000.000 a $253.154.411, el que se realiza con cargo a la revalorización del
capital propio por la suma de $213.154.411 la que consta del asiento contable respectivo del
balance correspondiente al año dos mil veintidós.- (4) Modificación de administración de la
sociedad: Se modifica la cláusula CUARTA de los estatutos referida a la administración social
en el sentido de que a falta de don MARCELO EUGENIO DEL CARMEN GIRALDA
MADARIAGA, por ausencia incapacidad o cualquier otro motivo, lo que no será necesario
demostrar o acreditar a terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social
corresponderá a doña MABEL GEORGINA HERRERA UTEAU, con uno cualquiera de los
señores(as) CRISTIAN MARCELO GIRALDA HERRERA o CLAUDIA ANDREA GIRALDA
HERRERA, con las mismas atribuciones señaladas en la cláusula que se modifica las que se dan
por reproducidas. (4) Plazo de Vigencia de la Sociedad.- Se modifica la cláusula DECIMA del
pacto social estipulado que el plazo de vigencia de la sociedad será de cinco años renovables
tacita y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de
ponerle termino al final del periodo que estuviera en curso mediante escritura pública que se
inscribirá al margen de la inscripción de la sociedad y se notificará por carta certificada notarial a
los demás socios con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo
periodo.- (5) Administración post mortem socio administrador: Los socios comparecientes
modifican además la cláusula UNDECIMA de los estatutos sociales en el sentido de establecer
que en caso de fallecimiento del socio administrador; esto es, don MARCELO EUGENIO DEL
CARMEN GIRALDA MADARIAGA, la administración de la sociedad quedara radicada en
doña MABEL GEORGINA HERRERA UTEAU, quien deberá actuar conjuntamente con uno
cualquiera de los socios sobrevivientes. En caso de faltar esta, por ausencia incapacidad o

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