Decreto núm. 165, publicado el 17 de Mayo de 1977. OTORGA A LA CORPORACION METODISTA CONCESION PARA ESTABLECER UNA ESTACION RADIODIFUSORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA SANTIAGO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA A LA CORPORACION METODISTA CONCESION PARA ESTABLECER UNA
ESTACION RADIODIFUSORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA SANTIAGO
Santiago, 29 de Abril de 1977.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 165.- Vistos: a) El artículo N° 48° del DFL. N° 4, de 1959 (Interior): b) El artículo 2° del DL. N° 76, de 1973; c) El artículo N° 8 de la resolución N° 1.100, de 1973, de la Contraloría General de la República; d) El N° 8 del punto IV de la ley N° 16.436; e) Lo propuesto por la Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y de Telecomunicaciones;
Decreto:
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- Otórgase a la Corporación Metodista, domiciliada en
Santiago, calle Sargento Aldea N° 1041, en conformidad a lo dispuesto
en la Ley General de Servicios Eléctricos y en sus Reglamentos, por un
plazo de 30 años, contados desde la publicación de este decreto en el
Diario Oficial, una concesión para establecer en la ciudad de Santiago
una estación radiodifusora en frecuencia modulada de 1.000 watts de
potencia útil en antena, sin perjuicio del derecho de terceros
legalmente adquirido. La concesión quedará sujeta, además, a las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el
futuro sobre la materia.
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- Quedan comprendidos en la presente concesión los bienes
afectos a ella: equipos transmisores, sistemas irradiantes, equipos de
estudios y todos los elementos o accesorios necesarios para su
funcionamiento y explotación.
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- Las características técnicas serán las siguientes:
- Frecuencia: 97.7 MHz.
- Potencia: 1.000 watts.
- Tipo de emisión: 200 F 3.
- Desviación máxima: ( 75 KHz.
- Señal distintiva: XQB-14.
El Presidente de la República, previo informe de la
Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y de
Telecomunicaciones (en adelante la Superintendencia), podrá disponer
que el concesionario modifique estas características por razones de
orden técnico, de interés público o en cumplimiento de acuerdos o
convenios internacionales obligatorios para el Estado, sin que por
ello el concesionario pueda formular reclamo alguno.
-
- Apruébanse los planos y memorias descriptivas de la
radiodifusora y cuyo presupuesto asciende a la suma de $ 213.272.
La documentación será archivada en la Superintendencia y sin
perjuicio de la obligación del concesionario de presentar nuevos
planos y memorias descriptivas en caso de modificaciones futuras o
antes de proceder a solicitar la recepción de las instalaciones de la
concesión de que trata el presente decreto.
-
- La...
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