MetLife Chile Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A. 99.514.870-6* - 5 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 946479472

MetLife Chile Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A. 99.514.870-6*

Número de registroCVE-2386525
Fecha de publicación05 Octubre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.669
CVE 2386525 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.669 | Jueves 5 de Octubre de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2386525
EXTRACTO
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la trigésimo octava
Notaría de esta ciudad, Miraflores número ciento setenta y ocho, quinto piso, certifico: con fecha
catorce de septiembre de dos mil veintitrés, ante mí, n° 39969-2023, se redujo a escritura pública
el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de MetLife Chile Administradora de Mutuos
Hipotecarios S.A., en adelante la “Sociedad”, celebrada en la misma fecha, en la cual se acordó
ratificar la disminución de capital de pleno derecho a un mil seiscientos treinta millones
trescientos catorce mil veintiocho pesos, ocurrida el catorce de marzo de dos mil once y
modificar los estatutos sociales a efectos de reflejar el capital social resultante de dicha
disminución y de las revalorizaciones de pleno derecho de los años dos mil ocho al dos mil
catorce efectuadas conforme lo dispuesto en el artículo diez de la ley dieciocho mil cuarenta y
seis sobre Sociedades Anónimas, según constaba en los correspondientes balances de la Sociedad
a diciembre de dos mil ocho, dos mil nueve, dos mil diez, dos mil once, dos mil doce, dos mil
trece y dos mil catorce aprobados cada uno de ellos, oportunamente, por la Junta Ordinaria de
Accionistas de la Sociedad. En consecuencia, se acordó reemplazar el Artículo Quinto y el
Artículo Primero Transitorio de los Estatutos por los siguientes: “Artículo Quinto. El capital de
la Sociedad es la suma de dos mil cuarenta millones novecientos ochenta y un mil trescientos
treinta y nueve millones de pesos, dividido en veinte mil ochocientos cuarenta y dos acciones
ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una. El capital
se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero transitorio de los Estatutos”.
“Artículo Primero Transitorio: Suscripción y Pago del capital. El capital de la Sociedad,
ascendente dos mil cuarenta millones novecientos ochenta y un mil trescientos treinta y nueve
millones de pesos, dividido en veinte mil ochocientos cuarenta y dos acciones ordinarias,
nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, se suscribe y paga en
su totalidad de la siguiente forma: a) Con la cantidad de un mil seiscientos treinta millones
trescientos catorce mil veintiocho pesos millones de pesos totalmente suscrito y pagado con
anterioridad por los accionistas de la Sociedad; b) Con la cantidad de ciento cuarenta y un
millones quinientos setenta y dos mil sesenta y siete pesos, por efecto de revalorizaciones del
capital propio efectuadas de pleno derecho, según consta de los balances de la Sociedad al treinta
y uno de diciembre de dos mil cinco, treinta y uno de diciembre de dos mil seis, treinta y uno de
diciembre de dos mil siete, aprobados respectivamente por las Juntas Ordinarias de fechas
diecinueve de abril de dos mil seis, veintisiete de abril de dos mil siete y diecinueve de marzo de
dos mil ocho, c) Con la cantidad de cuatrocientos siete millones setecientos veintitrés mil
novecientos cincuenta y ocho pesos por efecto de revalorizaciones del capital propio efectuadas
de pleno derecho, según consta de los balances de la Sociedad al treinta y uno de diciembre de
dos mil ocho, treinta y uno de diciembre de dos mil nueve, treinta y uno de diciembre de dos mil
diez, treinta y uno de diciembre de dos mil once, treinta y uno de diciembre de dos mil doce,
treinta y uno de diciembre dos mil trece y treinta y uno de diciembre dos mil catorce aprobados
respectivamente por las Juntas Ordinarias de Accionistas de fechas aprobados respectivamente
por las Juntas Ordinarias de fechas veintinueve de abril de dos mil nueve, veintiocho de abril de
dos mil diez, veintiocho de abril de dos mil once, veintiséis de abril de dos mil doce, veintiséis de
abril de dos mil trece, veinticuatro de abril de dos mil catorce y veintiocho de abril de dos mil
quince y d) Con la cantidad de dos millones novecientos cuarenta y tres mil trescientos cincuenta
y tres pesos correspondiente a la capitalización de la cuenta de reservas.” Demás estipulaciones
constan en escritura extractada. Santiago, 22 de septiembre de 2023.

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