Mercado Gaitan Francisco Guillermo - Servicios Australes Limitada - 15 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 881576697

Mercado Gaitan Francisco Guillermo - Servicios Australes Limitada

Número de registroCVE-2067407
Fecha de publicación15 Enero 2022
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.153
CVE 2067407 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.153 | Sábado 15 de Enero de 2022 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 2067407
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT M-473-2020, RUC
20-4-0270635-0, se ordenó notificar por aviso a la demandada SERVICIOS AUSTRALES
LTDA, RUT 76.416.457-1, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del
Trabajo, de la demanda y su proveído presentada conforme al procedimiento monitorio laboral
deducida con fecha 12 de mayo de 2020, por don FRANCISCO GUILLERMO MERCADO
GAITAN, RUT 10.292.801-6, el que demanda por despido injustificado y de cobro de
prestaciones laborales y previsionales, a razón de lo siguiente; Por concepto de indemnización
por años de servicios, la suma de $806.164.- $403.082.- por concepto de indemnización
sustitutiva del aviso previo.- $403.082.- por concepto de recargo del 50% indicado en el artículo
168 del Código del Trabajo.- $21.446.- por concepto de diferencia de feriado proporcional y
legal correspondiente al período trabajado.- $465.094.- por concepto de feriado legal. -
$229.824.- pesos por concepto de 72 horas trabajadas en exceso de jornada de trabajo, a razón de
$3.192.- pesos por cada hora, durante los últimos 6 meses, en razón de 12 horas mensuales. -
Reajustes e intereses legales que correspondan. - Las costas del juicio. Con fecha 15 de mayo de
2020, el tribunal resuelve: Que SE ACOGE PARCIALMENTE la demanda interpuesta con fecha
12 de mayo de 2020 por don MÁXIMO LUIS SILVA NUÑEZ C.I.: 4.297.692-K, trabajador
actualmente cesante, domiciliado en calle MARCOS MATURANA Nº320 COMUNA DE VIÑA
DEL MAR, en contra de su ex – empleadora, SERVICIOS AUSTRALES LTDA. RUT:
76.416.457-1,representada por don FRANCISCO GUILLERMO MERCADO GAITAN RUT:
10.292.801-6, chileno, empresario, domiciliado ambos en AVENIDA IRARRÁZABAL Nº518
OFICINA 702 COMUNA DE ÑUÑOA, REGIÓN METROPOLITANA, y en forma solidaria en
contra de SECRETARÍA MINISTERIAL DE SALUD REGIÓN QUINTA VALPARAÍSO
RUT: 61.601.000-K representada por don FRANCISCO ÁLVAREZ ROMÁN RUT 16.209.818-
7 se ignora profesión u oficio, domiciliados ambos en CALLE MELGAREJO Nº 669 PISO 6,
COMUNA DE VALPARAÍSO, institución pública que actúa con la personalidad jurídica del
FISCO DE CHILE representado judicialmente para estos efectos por el CONSEJO DE
DEFENSA DEL ESTADO RUT 61.006.000-5, representado por MICHAEL WILKENDORF
SIMPFENDORFER RUT 9.525.742-9, Abogado Procurador Fiscal de Valparaíso, cuya
representación tiene en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del DFL N° 1 de 1993 del
Ministerio de Hacienda, que establece la Ley Orgánica del Consejo de Defensa del Estado,
ambos con domicilio para estos efectos en CALLE PRAT Nº 772, PISO 2, COMUNA DE
VALPARAÍSO, declarándose en consecuencia: Que el actor prestó servicios para la demandada
desde el 02 de enero de 2018 hasta el 14 de febrero de 2020. Que el despido verbal, materia de
este proceso, es injustificado, por cuanto no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
162 del Código del Trabajo. Que las demandadas deberán, además, pagar a la demandante las
siguientes prestaciones: a) $403.082 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo.
b) $806.164 por concepto de indemnización por 02 años de servicios. c) $403.082
correspondiente al recargo del 50% sobre la I.A.S., atendido la ausencia de causal invocada para
el despido por la demandada. d) $465.094 por compensación del feriado legal correspondiente a
dos períodos. e) $21.446 por compensación de diferencia del feriado proporcional. Que, no
contando este Magistrado con antecedentes suficientes en esta instancia, la demanda por cobro
de horas extras intentada, será desestimada. Que no se condena en costas a las demandadas, por
no resultar totalmente vencidas. Las sumas ordenadas pagar mediante la presente resolución
deberán serlo con los reajustes e intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del
Trabajo. Con fecha 19 de mayo de 2020, el tribunal exhortado, 2º Juzgado de Letras del Trabajo
de Santiago, informa imposibilidad de practicar la diligencia por razones sanitarias. Con fecha 23
de octubre de 2020, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada
mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la
audiencia. Con fecha 26 de octubre de 2020, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los
antecedentes, reitérese notificación de la demanda, su proveído y presente resolución a la parte
demandada SERVICIOS AUSTRALES LTDA, en forma personal o en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, por exhorto al Juzgado de Letras del Trabajo
de Santiago, previa distribución. Con fecha 05 de noviembre de 2020, el tribunal exhortado, 2º

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