Decreto núm. 812, publicado el 31 de Agosto de 1995. PROMULGA EL MEMORANDUM CON LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN EL AREA DEL DESARROLLO DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 496552378

Decreto núm. 812, publicado el 31 de Agosto de 1995. PROMULGA EL MEMORANDUM CON LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN EL AREA DEL DESARROLLO DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL MEMORANDUM CON LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN EL AREA DEL DESARROLLO DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

Núm. 812.- Santiago, 23 de junio de 1995.- Vistos: Los artículos 32, N° 17, y 50, N° 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 23 de marzo de 1992 se suscribió entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Oriental del Uruguay el Memorándum para la Cooperación Internacional en el Area del Desarrollo de Micro y Pequeñas Empresas.

Que dicho Memorándum fue adoptado en el marco del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica, suscrito el 20 de septiembre de 1975, publicado en el Diario Oficial de 19 de junio de 1976 y rectificado en el Diario Oficial de 7 de julio del mismo año.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Memorándum para la Cooperación Internacional en el Area del Desarrollo de Micro y Pequeñas Empresas, suscrito entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Oriental del Uruguay el 23 de marzo de 1992; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Daniel Carvallo C., Director General Administrativo Subrogante.

MEMORANDUM ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN EL AREA DEL DESARROLLO DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

Con el propósito de contribuir al desarrollo del sector de Micro y Pequeñas Empresas de Chile y Uruguay, los Gobiernos de ambos países, en el marco del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica vigente, acuerdan la suscripción de un Convenio de Cooperación entre el Servicio de Cooperación Técnica de Chile, SERCOTEC, y la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Industria, Energía y Minería del Uruguay, DINAPYME.

Tendrá por propósito este Convenio.

Artículo I

La DINAPYME y el SERCOTEC se comprometen mutuamente a establecer mecanismos y acciones de cooperación en aspectos técnicos, capacitación y perfeccionamiento comercial y empresarial, para la promoción y desarrollo de...

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