Resolucion núm. 776, el 11 de Abril de 2008. DISPONE MEDIDAS DE CONTROL DE LA ANEMIA INFECCIOSA DEL SALMÓN (ISA) - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470297506

Resolucion núm. 776, el 11 de Abril de 2008. DISPONE MEDIDAS DE CONTROL DE LA ANEMIA INFECCIOSA DEL SALMÓN (ISA)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyResolución

DISPONE MEDIDAS DE CONTROL DE LA ANEMIA INFECCIOSA DEL SALMÓN (ISA)

Núm. 776.- Valparaíso, 1 de abril de 2008.- Visto: Lo dispuesto en el DFL N°5, de 1983; el D.S N°430 de 1991, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura; el D.S N° 319 de 2001, y sus modificaciones, que aprueba el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Resolución Exenta Nº2572, de 2007, de la Subsecretaría de Pesca; y lo dispuesto en la Resolución N°520 de 1996, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

Que la Anemia Infecciosa del Salmón (ISA) constituye una Enfermedad de Alto Riesgo, declarada en Lista 2, conforme a las disposiciones del Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, aprobado por D.S N°319, de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 Nº4 letra i), del D.F.L. Nº5, de 1983, corresponde al Servicio Nacional de Pesca, en adelante .el Servicio., ejecutar las medidas de control que permitan aislar la presencia de las enfermedades de alto riesgo, evitar su propagación y propender a su erradicación.

Que, atendido el resultado de los análisis efectuados por los laboratorios de diagnóstico que acreditan la presencia del virus ISA en zonas de la X y XI Región, este Servicio adoptó medidas de contingencia a objeto de evitar la diseminación de la enfermedad, sin perjuicio de lo cual se hace necesario el establecimiento de nuevas medidas con el propósito de disminuir la incidencia y prevalencia de la enfermedad, su aislamiento geográfico, protegiendo el patrimonio sanitario del país a través de instrumentos específicos de control, obligatorios para los particulares.

Resuelvo:

TÍTULO I
Disposiciones Generales
  1. - Para efectos de la presente resolución, se les dará la siguiente definición a los términos que a continuación se detallan:

    1. ISA virus o ISAv: Virus de la Anemia Infecciosa del Salmón

    2. Brote: Centro de cultivo de salmónidos que presenta una o más jaulas con signología clínica y/o anatomopatológica consistente con ISA con mortalidad asociada a esa causa y resultado positivo a RT-PCR.

    3. Medidas de bioseguridad: acciones, técnicas o métodos que deben aplicarse para reducir o evitar el riesgo de introducción o propagación del agente causal de una enfermedad.

    4. Centro cuarentenado o en cuarentena: Centro de cultivo que se encuentra dentro de una zona de cuarentena o en el que se sospecha la...

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