Decisión nº C1685-17, de Consejo de Transparencia de 4 de Agosto de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 701063793

Decisión nº C1685-17, de Consejo de Transparencia de 4 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaOrden y Seguridad Interior

DECISIÓN AMPARO ROL C1685-17

Entidad pública: Gendarmería de Chile

Requirente: Matías Rojas Medina

Ingreso Consejo: 17.05.2017

En sesión ordinaria N° 821 del Consejo Directivo, celebrada el 4 de agosto de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1685-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 28 de marzo de 2017, don Matías Rojas Medina solicitó a Gendarmería de Chile la siguiente información:

a) "Se me informen detalles de todos los programas de reinserción al interior de la ex Penitenciaria que involucren a los futbolistas Pablo Galdames Millán y Frank Lobos Acuña, tales como, fecha de inicio, propósito de los mismos, horarios en que se desarrollan, cantidad de internos beneficiados y contabilización total de pagos a los deportistas ya señalados por el desarrollo de los citados programas"; y,

b) Se me entregue copia digital de los registros de asistencia de dichos deportistas a los programas ya señalados, informando si se han instruido investigaciones internas por eventual inasistencia de los mismos a los programas. Proveyendo copia de t" (sic).

2) SUBSANACIÓN DE SOLICITUD DE ACCESO: El 29 de marzo de 2017, mediante carta N° 5082, Gendarmería de Chile solicitó al peticionario "rectificar su solicitud (...) identificando con precisión y claridad ¿Qué tipo y cuál es el dato que solicita? y precise y acote el periplo en que requiere la información (...)".

Al respecto, por medio de correo de correo electrónico de esa misma fecha, el solicitante señaló al órgano requerido que mantiene los términos de su solicitud, atendido que aquella es suficientemente específica y clara como para cumplir con la...

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