MásAval S.A.G.R. - Construcciones e Inversiones NVN SpA - 15 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 952145490

MásAval S.A.G.R. - Construcciones e Inversiones NVN SpA

Número de registroCVE-2402270
Fecha de publicación15 Noviembre 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.701
CVE 2402270 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.701 | Miércoles 15 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2402270
NOTIFICACIÓN
Décimo séptimo Juzgado Civil de Santiago, Rol C-14060- 2022, caratulada “MásAval
S.A.G.R. con Construcciones e Inversiones NVN SpA”, se ordenó con fecha 18 de octubre de
2023, notificar por aviso extractado la demanda y su proveído a Construcciones e Inversiones
NVN SpA, RUT: 76.278.726-1, en su calidad de deudor principal y a don Juan Manuel Varas
Sánchez, cédula de identidad N°15.669.827-K en su calidad de aval, fiador y codeudor solidario
del deudor principal. En lo principal: MásAval S.A.G.R., RUT N°76.079.342-6, domicilio en
Apoquindo N°3910, piso 6, Las Condes, deduce demanda en juicio ejecutivo en contra de
Construcciones e Inversiones NVN SpA, RUT: 76.278.726-1, como deudor principal;
representada por don Juan Manuel Varas Sánchez, cédula de identidad N°15.669.827-K, ambos
con domicilios conocidos en Avenida Providencia 2237 departamento C-58, comuna de
Providencia, y en Simón Bolívar 4212, Maipú, región Metropolitana; y en contra de Juan Manuel
Varas Sánchez, cédula de identidad N°15.669.827-K, como avalista, fiador y codeudor solidario.
MásAval S.A.G.R. es dueña y acreedora del pagaré de fecha 16 de noviembre de 2022 por la
cantidad de $19.554.915, y con vencimiento al día 16 de noviembre de 2022. Se pactó tasa de
interés mensual del 1,20% contados desde el 4 de noviembre de 2022. Se estipuló que en caso de
mora o simple retardo en el cumplimiento de la obligación de pago se capitalizarán los intereses
y se devengará un interés penal igual al interés máximo convencional que sea permitido estipular
para operaciones no reajustables en moneda nacional vigente a la fecha de la mora o simple
retardo. MásAval S.A.G.R se constituyó fiadora del deudor principal en relación con las
obligaciones de éste último nacidas del contrato que celebró con la Ilustre Municipalidad de
Quilicura. El demandado incumplió el contrato, por lo que la Ilustre Municipalidad de Quilicura
solicitó a MásAval S.A.G.R en virtud del Certificado de Fianza N° B0102002 de fecha 17 de
noviembre de 2021, el pago por el monto de $19.554.915, monto que fue pagado con fecha 4 de
noviembre de 2022. Por tanto, solicito a S.S. tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra
de Construcciones e Inversiones NVN SpA, en su calidad de deudora principal y en contra de
Juan Manuel Varas Sánchez, en calidad de aval, fiador y codeudor solidario y ordenar: 1. Se
despache mandamiento de ejecución y embargo en contra de los Ejecutados por la suma total de
$19.554.915, lo que comprende el capital, más reajustes e intereses moratorios pactados que se
devenguen hasta el completo pago de lo adeudado; 2. Se requiera de pago al deudor principal y
su aval, fiador y codeudor solidario por la suma mencionada en el número 1 anterior; 3. Si los
deudores no pagaren en el acto de la intimación, se trabe embargo sobre bienes suficientes de su
propiedad siguiendo adelante con la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado,
todo con expresa condena en costas. Primer Otrosí: Señala bienes para la traba de embargo y
depositario provisional. Segundo Otrosí: Acompaña documentos y solicita su custodia. Tercer
Otrosí: Acredita personería, acompañando mandato judicial. Cuarto Otrosí: Patrocinio y poder.
Providencia 29/12/2022: Resolviendo la demanda de fecha 01 de Diciembre año 2022. A lo
principal: Despáchese mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $19.554.915.- Al
primer, y cuarto Otrosí es: Téngase presente. Al segundo Otrosí: En cuantos a los documentos
originales, (pagaré y anexos) acompáñense dentro de décimo día hábil o a la brevedad posible.
Al tercer otrosí: Téngase presente la personería y por acompañada, con citación.- 29/12/2022:
Mandamiento. Requiérase por un Ministro de Fe a Construcciones e Inversiones NVN SpA
representada por don Juan Manuel Varas Sánchez y en contra de don Juan Manuel Varas
Sánchez, en su calidad de fiador y codeudor solidario, para que pague a MásAvaL S.A.G.R. o a
quien sus derechos legítimamente requiera la suma de $19.554.915.-. más intereses y costas
según consta en autos. No verificado el pago en el acto de su intimación, trábese embargo sobre
bienes propios del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional,
bajo la responsabilidad legal que le corresponda. Para los efectos de trabar embargo sobre un
inmueble, previamente el ejecutante deber acompañar certificados de dominio vigente y de
hipotecas y gravámenes. 06/10/2023: Solicitud notificación avisos. Resolución 18/10/2023:

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