Decisión nº C1866-17, de Consejo de Transparencia de 13 de Junio de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 687239229

Decisión nº C1866-17, de Consejo de Transparencia de 13 de Junio de 2017

Fecha de Resolución13 de Junio de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C1866-17

Entidad pública: Municipalidad de Recoleta.

Requirente: Mario Morales Rivera.

Ingreso Consejo: 31.05.2017.

En sesión ordinaria N° 807 de su Consejo Directivo, celebrada el 13 de junio de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1866-17.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 24 de abril de 2017, don Mario Morales Rivera realizó una presentación ante la Municipalidad de Recoleta, a través de la cual solicitó lo siguiente: "Copia de contrato de arriendo. Dom: Antonia López de Bello 743. Local 959".

2) Que, con fecha 10 de mayo de 2017, la Municipalidad de Recoleta otorgó respuesta, señalando que adjuntan copia de contrato de arrendamiento por el domicilio consultado y copia de documento notariado de la cesión de derechos de patente.

3) Que, con fecha 31 de mayo de 2017, don Mario Morales Rivera dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Recoleta, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada. Señaló lo siguiente: "solicité cesión de derechos de patente, pero he recibido constitución de sociedad de hecho".

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia, corresponde a este Consejo resolver, fundadamente, los reclamos por denegación de acceso a la información que le sean formulados de conformidad con la Ley de Transparencia.

2) Que, atendido...

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