Decisión nº C1728-14, de Consejo de Transparencia de 14 de Abril de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 572186798

Decisión nº C1728-14, de Consejo de Transparencia de 14 de Abril de 2015

Fecha de Resolución14 de Abril de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C1728-14

Entidad pública: Subsecretaría de Redes Asistenciales

Requirente: Mario González Cea

Ingreso Consejo: 13.08.2014

En sesión ordinaria N° 609 del Consejo Directivo, celebrada el 14 de abril de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C1728-14.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que el 30 de junio de 2014, don Mario González Cea, solicitó a la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, información relativa al Programa de Reparación y Atención Integral en Salud y Derechos Humanos (PRAIS), en particular:

a) Copia del [Oficio] Ordinario N° 374, de 24 de enero de 2011, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, que habría sido enviado al Servicio de Salud Araucanía Norte, que señala que para mejorar el acceso a la resolución de los problemas de salud física de los usuarios se deben definir mecanismos;

b) Copia del [Oficio] Ordinario enviado en el mes de marzo 2014 a la Comisión Especial Mixta de presupuesto del Congreso Nacional, en respuesta a lo solicitado en la Glosa Presupuestaria referente al Programa Prais; y,

c) Informes anuales 2010, 2011, 2012, 2013 de Gestión de la Encargada Nacional Prais.

2) Que el...

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