Decisión nº C2521-15, de Consejo de Transparencia de 6 de Noviembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 631751841

Decisión nº C2521-15, de Consejo de Transparencia de 6 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C2521-15

Entidad pública: Municipalidad de Perquenco.

Requirente: Mariano Díaz Martin.

Ingreso Consejo: 16.10.2015.

En sesión ordinaria N° 659 de su Consejo Directivo, celebrada el 6 de noviembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2521-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 11 de septiembre de 2015, don Mariano Díaz Martin realizó una presentación a la Municipalidad de Perquenco, a través de la cual, teniendo presente lo dispuesto por la Ley de Rentas Municipales, la Ley General de Urbanismo, de Tránsito y Transporte, de Alcoholes y Fármacos, requirió que se le informe lo siguiente:

a) Si la Municipalidad de Perquenco cuenta con una Unidad de Inspección Municipal;

b) En la afirmativa de lo anterior, se proporcione copia del decreto Alcaldicio o de otro documento que haya aprobado su creación describiendo sus funciones;

c) Si existe el cargo de Inspector Municipal, adjuntando copia del decreto que lo designa y la descripción de funciones;

d) Acciones realizadas para dar cumplimiento a la normativa referida que, "según se informa constituyen un grave riesgo sanitario para nuestra población en particular"; y,

e) Copia del documento emitido por el propietario de la Red de Distribución de Agua Potable de Perquenco, en este caso el Fisco, representado por el Ministerio de Obras Públicas, exigible para la obtención...

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