Decisión nº C3538-16, de Consejo de Transparencia de 2 de Diciembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 671568429

Decisión nº C3538-16, de Consejo de Transparencia de 2 de Diciembre de 2016

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C3538-16

Entidad pública: Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SERNAMEG).

Requirente: María Paz Balbontín.

Ingreso Consejo: 17.10.2016.

En sesión ordinaria N° 759 de su Consejo Directivo, celebrada el 02 de diciembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C3538-16.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2112 y N° 20/2112, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 02 de septiembre de 2016, doña María Paz Balbontín realizó una presentación ante el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, en adelante SERNAMEG, en la cual solicitó información relativa a las atenciones y/o derivaciones solicitadas por los Tribunales de Familia al Centro de la Mujer de Quilicura en los periodos que indica.

2) Que, con fecha 27 de septiembre de 2016, SERNAMEG accedió a la entregada de la información solicitada, acompañando planilla con resumen de derivaciones efectuadas entre 2013 y 2016, con indicación de comuna, año, nacionalidad, tipo y forma de ingreso.

3) Que, el 17 de octubre de 2016, doña María Paz Balbontín dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de SERNAMEG, fundado en que la información entregada no correspondería a la solicitada, por cuanto no indican una fecha específica de ingreso.

4) Que, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de...

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