Decisión nº C1280-17, de Consejo de Transparencia de 14 de Julio de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699286773

Decisión nº C1280-17, de Consejo de Transparencia de 14 de Julio de 2017

Fecha de Resolución14 de Julio de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C1280-17

Entidad pública: Municipalidad de Casablanca.

Requirente: María Lizana.

Ingreso Consejo: 17.04.2017.

En sesión ordinaria N° 815 del Consejo Directivo, celebrada el 14 de julio de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol C1280-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 16 de marzo de 2017, doña María Lizana, solicitó a la Municipalidad de Casablanca -en adelante e indistintamente Municipio o Municipalidad-, la siguiente información:

a) "Todos los permisos de edificación entregados en localidad de Quintay en terrenos que colinden con Zona Especial de Protección y Zona Especial Ambiental;

b) Permisos edificación, recepción final, permisos ampliación y modificaciones de permiso con sus correspondientes recepciones respecto Rol N° 172-36 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

c) Planos loteo y otros existentes en DOM respecto propiedad Rol N° 172-36 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

d) Permisos edificación, recepción final, permisos ampliación y modificaciones de permiso con sus correspondientes recepciones respecto Rol N° 172-33 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

e) Planos loteo y otros existentes en DOM respecto propiedad Rol N° 172-33 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

f) Permisos edificación, recepción final, permisos ampliación y modificaciones de permiso con sus correspondientes recepciones respecto Rol N° 172-252 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

g) Planos loteo y otros existentes en DOM respecto propiedad Rol N° 172-252 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

h) Permisos edificación, recepción final, permisos de ampliación y modificaciones de permiso con sus correspondientes recepciones respecto Rol N° 172-150 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

i) Planos loteo y otros existentes en DOM respecto propiedad Rol N° 172-150 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

j) Permisos edificación, recepción final, permisos ampliación y modificaciones de permiso con sus correspondientes recepciones respecto Rol N° 172-89 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

k) Planos loteo y otros existentes en DOM respecto propiedad Rol N° 172-89 localidad de Quintay, comuna Casablanca;

l) Líneas oficiales y planos respecto Avenida Manuel Rodríguez, calle Dagoberto Godoy, pasaje Gran Edén y Pasaje Mirador, todas ubicadas en localidad de Quintay, comuna de Casablanca;

m) Todas las fiscalizaciones realizadas últimos 7 años a las edificaciones erigidas en la Zona Especial Ambiental en la Localidad de Quintay, las remisiones al Juzgado de Policía Local por las infracciones, y las resoluciones de la DOM respectivas sobre las infracciones;

n) Denuncias recibidas y sus respuestas o procedimientos administrativos resueltos o en curso respecto edificaciones en contravención IPT, LGUC u OGC respecto la localidad de Quintay, últimos 5 años".

2) RESPUESTA: Por medio de oficio N° 207, de fecha 10 de abril de 2017, el órgano adjuntó memo N° 76T/2017, de 4 de abril del mismo año, de la Dirección de Obras Municipales, el que precisa en resumen, lo siguiente:

a) Respecto a lo pedido desde la letra...

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