MARIA JOSE GARCÍA ACUÑA E.I.R.L. - 25 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 953800549

MARIA JOSE GARCÍA ACUÑA E.I.R.L.

Número de registroCVE-2412052
Fecha de publicación25 Noviembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.710
CVE 2412052 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.710 | Sábado 25 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2412052
EXTRACTO
LUZ MARÍA FRANCISCA VERGARA WILLIAMS, Abogada, Notario, Conservador y
Archivero Judicial de la comuna de Loncoche, con oficio en avenida Barros Arana N°584 de esta
ciudad, certifica: Por escritura de hoy, ante mi ,Repertorio N°969- 2023 ante mí, doña MARIA
JOSE GARCÍA ACUÑA, chilena, Egresada de Derecho, soltera, Rut Nº15.848.161-8,
domiciliada en Pasaje Lago Chapo N°1095, comuna y ciudad de Temuco, constituyó Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada. NOMBRE EMPRESA: “MARIA JOSE GARCÍA
ACUÑA E.I.R.L”, nombre de fantasía “DE SASTRE EIRL”.- DOMICILIO: Temuco.-
OBJETO: El objeto de la empresa será: a) compra y venta de bienes raíces, arrendamiento y
administración de los mismos, desarrollo de actividades constructivas en general, por cuenta
propia o ajena, construcción de edificios, casas, cabañas y otros destinados a la habitación; como
así mismo la construcción de edificios para ser destinados a la habitación en sentido amplio;
reparación y mantención de los mismos, la compra y venta de todo tipo de materiales de
construcción; confección, compra y venta de todo tipo de estructuras; Corretaje de propiedades,
intermediación en ventas, arrendamientos, permutas y todo tipo de contratos respecto de los
mismos; Asesoría Jurídica de toda índole, representación judicial y extrajudicial de personas
Jurídicas y naturales y toda actividad complementaria, directa o indirectamente relacionada con
las anteriores y todos los demás actos, contratos y negocios que determine el empresario.
CAPITAL: $90.000.000, pagado enteramente mediante el aporte del siguiente bien INMUEBLE:
La Propiedad ubicada en esta ciudad, calle Lago Chapo N° 1095, consistente en el Sitio número
cuatro de una superficie de Trescientos doce metros cuadrados, del loteo Villa Copihual de la
ciudad de Temuco, y Deslinda especialmente: Norte: en veintiséis Metros con lote número tres;
SUR: en veintiséis Metros con lote número cinco; ORIENTE; en doce Metros con pasaje Lago
Chapo EL TITULO DE DOMINIO se encuentra Inscrito a fojas once mil ciento cuarenta y dos
vuelta con el número ocho mil novecientos treinta ocho del Registro de propiedad del año dos
mil trece, la propiedad fue adquirida mediante compraventa de fecha diez de octubre del año dos
mil trece autorizada ante el Notario de la ciudad de Loncoche, doña Luz María Francisca
Vergara Williams, y la suma de $2.000.000, ingresados a caja societaria al momento de la
suscripción de la escritura de constitución.- ADMINISTRACIÓN: La administración y
representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá
individualmente a la empresaria MARIA JOSE GARCÍA ACUÑA, quien contará con las más
amplias facultades para obligar y representar a la empresa en toda clase de actos, declaraciones y
contratos y ante cualquiera persona, autoridad, institución, fundación o corporación y ante toda
persona natural o jurídica. La que anteponiendo su nombre y firma a la razón social podrá, y sin
que la enumeración sea taxativa o se interprete restrictivamente: Uno. Comprar, vender o
permutar y en general adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes corporales e
incorporales, raíces o muebles; Dos. Celebrar contratos de promesa. Tres. Dar y tomar en
arrendamiento, administración o concesión toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces
o muebles. Cuatro. Dar y tomar dinero y otros bienes en mutuo, depósito necesario y voluntario y
en secuestro. Cinco. Celebrar contratos para constituir o ingresar en empresas, sean civiles o
comerciales, colectivas o anónimas, en comandita, de responsabilidad limitada o de otra especie,
constituir o formar parte en comunidades, asociaciones, cuentas en participación, empresas de
hecho, cooperativas, etcétera, representarlas con voz y voto en unas y otras con facultades para
modificarlas, ampliarlas, formar otras nuevas, o en cualquier forma alterarlas, pedir su disolución
o terminación, incluso anticipada, expresar su intención de no continuarlas, pedir su liquidación
o participación, llevar a cabo unas y otras, y en general ejecutar y renunciar todas las acciones y
derechos y cumplir todas las obligaciones que a la empresa corresponden como socia, comunera,
gestora, liquidadora, etcétera, de tales empresas, asociaciones, cooperativas, etcétera. Seis. Dar y
recibir en prenda muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o
incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, sin desplazamiento,
warrants, de cosa mueble vendida a plazo, sea en otras especies, substituirlos y cancelarlos.
Depositar mercaderías o bienes en almacenes generales; endosar vales de depósito y de prenda.
Siete. Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, aceptar,
posponer, servir y alzar hipotecas, tanto sobre inmuebles como sobre naves. Ocho. Celebrar

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