Decisión nº C2943-15, de Consejo de Transparencia de 2 de Febrero de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 650457757

Decisión nº C2943-15, de Consejo de Transparencia de 2 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C2943-15

Entidad pública: Municipalidad de Puerto Saavedra

Requirente: María Calfulen Valenzuela

Ingreso Consejo: 23.11.2015

En sesión ordinaria N° 684 del Consejo Directivo, celebrada el 2° de febrero de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2943-15.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 20 de octubre de 2015, doña María Calfulen Valenzuela solicitó a la Municipalidad de Puerto Saavedra "copia de la solicitud de reconsideración enviada a la Contraloría General de la República, en relación con el cargo de Director de Finanzas.".

2) RESPUESTA: El 17 de noviembre de 2015, la Municipalidad de Puerto Saavedra, mediante Ord. N° 1.034, respondió a dicho requerimiento de información, denegando el acceso a la misma, fundado, en lo siguiente:

a) Doña María Calfulen, tiene una cuenta en la red social Facebook donde se profieren palabras y frases en contra de la autoridad edilicia y actual administración municipal.

b) Que con fecha 02.11.2015 el mismo nombre María Calfulen presentó una nueva solicitud aludiendo al Sr. Alcalde como "Paillagil", mismos términos en que se referiría en red social ya indicada.

c) La Constitución Política de la República en el artículo 19 N° 14 dispone que: "El derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes".

d) En consecuencia, concluye el órgano "como se ha podido...

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