Decisión nº C3030-16, de Consejo de Transparencia de 25 de Noviembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 671568585

Decisión nº C3030-16, de Consejo de Transparencia de 25 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar, Grupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C3030-16

Entidad pública: Municipalidad de Los Muermos

Requirente: Margarita Cockbaine Monsalve

Ingreso Consejo: 06.09.2016

En sesión ordinaria N° 758 del Consejo Directivo, celebrada el 25 de noviembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3030-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 5 de agosto de 2016, doña Margarita Cockbaine Monsalve formuló ante la Ilustre Municipalidad de Los Muermos lo siguiente:

a) Sobre la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Los Muermos requirió:

i. En conformidad a la ficha adjunta, conocer en qué ítem se invirtió el capital de $29.174.688 para el desarrollo social de la comuna;

ii. Cantidad de corporaciones, fundaciones o asociaciones municipales existentes en la comuna, cuál es su capital, en que se ha invertido, a qué estrato social se ha orientado y desde qué fecha se encuentra funcionando;

iii. Directorio de cada una de ellas;

iv. Respecto de la ley se deben rendir cuenta cada seis meses, solicitando conocer las rendiciones de los últimos 4 años; y,

v. Actas de funcionamientos de estos últimos 4 años si las hubiera.

b) Sobre Inversión Pública, requirió conocer el presupuesto itemizado de las inversiones públicas de los proyectos siguientes:

i. Proyecto Portal de Bienvenida carretera camino Los Muermos- Puerto Montt; y,

ii. Proyecto Cancha de Rayuela Cañitas.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 06 de septiembre de 2016, doña Margarita Cockbaine Monsalve dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Ilustre Municipalidad de Los Muermos, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.

3) SOLICITUD DE SUBSANACIÓN: Este Consejo mediante oficio N° 9.180, de fecha 14 de septiembre de 2016, solicitó al reclamante subsanar su amparo, acompañando copia de la solicitud de información, incluidos los documentos adjuntos a la misma.

La solicitante, a través de correo electrónico, de fecha 28 de septiembre de 2016, cumplió lo requerido.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: Este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo, confiriendo traslado al Sr. Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Los Muermos, mediante oficio N° 9.866, de fecha 05 de octubre de 2016.

La Municipalidad reclamada, a través de correo electrónico, de fecha 11 de noviembre de 2016, presentó sus descargos u observaciones, señalando, en síntesis que formuló respuesta por medio de carta de fecha 08 de septiembre de 2016, entregada con fecha 09 de septiembre del mismo año, sin perjuicio de lo cual detalla que:

Respecto de lo pedido en la letra a.i), señala que si bien no se atendió en la carta de respuesta, dicho monto no correspondería a aportes presupuestarios transferidos a la Corporación como subvenciones, sino a bienes que forman parte de su patrimonio para su funcionamiento.

En relación a lo requerido en la letra a.ii) y a.iii), se informa que la Municipalidad de Los Muermos solo ha participado en la creación de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Los Muermos, antecedentes de dicha Corporación que están contenidos en carta respuesta, archivo "respuesta 1 corporación".

En lo referido a lo requerido en el literal a.iv), se señala que si bien dicho punto no fue atendido en la carta de repuesta, hace presente que la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Los Muermos, rinde mensualmente a la Municipalidad las subvenciones recibidas, y cada rendición consta de 80 a 100 hojas aproximadamente, entre 960 a 1200 hojas al año, lo que daría entre 3840 y 4800 hojas en 4 años, y que en costo por fotocopias, cuyo valor unitario está establecido en la ordenanza municipal respectiva, sumarían...

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