Decisión nº C2614-15, de Consejo de Transparencia de 12 de Enero de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 633108401

Decisión nº C2614-15, de Consejo de Transparencia de 12 de Enero de 2016

Fecha de Resolución12 de Enero de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C2614-15

Entidad pública: Ministerio de Salud

Requirente: Marco Antonio Muñoz Chamy

Ingreso Consejo: 26.10.2015

En sesión ordinaria N° 676 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de enero de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2614-15.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 17 de agosto de 2015, don Marco Antonio Muñoz Chamy formuló ante la Presidencia de la República el siguiente requerimiento de información: "El día 26/06/2015, se publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 7, que modifica el Decreto N° 45, de 2013. Dicho decreto pareciera afectar el alcance de las garantías explicitas de salud, establecidas mediante el Decreto 45 de 2013. Conforme a lo anterior, solicitó copia completa del expediente que llevó a la modificación de dichas garantías explicitas de salud, según lo dispuesto en el artículo 23 de la ley 19.966 y en el artículo 3° del Decreto 121 de 2005".

Mediante oficio N° 688, de 19 de agosto de 2015, dicho órgano derivó la solicitud de acceso a la Subsecretaría de Salud Pública, del Ministerio de Salud. Dicha derivación habría sido recibida por parte del órgano derivado con fecha 20 de agosto de 2015.

2) PRORROGA DE PLAZO: El 23 de septiembre de 2015, el Ministerio de Salud comunicó al solicitante la prórroga del plazo para responder a la solicitud de información, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Transparencia, en 10 días hábiles.

3) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 26 de octubre de 2015, don Marco Antonio Muñoz Chamy dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en la ausencia de respuesta de parte del organismo, habiendo expirado el plazo de prórroga solicitado.

4) RESPUESTA EXTEMPORANEA: Mediante correo electrónico, de 04 de noviembre de 2015, el órgano reclamando dio respuesta extemporánea a la solicitud de acceso, remitiendo al solicitante, copia del Decreto N° 7, de 16 de marzo de 2015, del Ministerio de Salud, que modifica el Decreto N° 4 de 2013 del Ministerio de Salud que...

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