Decisión nº C3098-15, de Consejo de Transparencia de 18 de Enero de 2016
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2016 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Salud |
DECISIÓN AMPARO ROL C3098-15
Entidad pública: Hospital Barros Luco Trudeau.
Requirente: Marcelo Lenin Zenteno Silva.
Ingreso Consejo: 09.12.2015.
En sesión ordinaria N° 678 de su Consejo Directivo, celebrada el 18 de enero de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C3098-15.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, el 25 de octubre de 2015, don Marcelo Lenin Zenteno Silva realizó una presentación ante el Hospital Barros Luco Trudeau, ingresada con el código N° AO080W0000076, a través de la cual solicitó estadísticas del total de ecotomografías y ecografías realizadas en dicho recinto asistencial en la modalidad institucional desagregadas por meses durante el año 2014 y primer semestre de 2015. Además, solicitó informe de compra de servicio de ecotomografías o ecografías desagregadas por meses durante el año 2014 y primer semestre del año 2015. Finalmente, requirió se le informe si existe lista de espera para la realización de ecotomografías o ecografías y el número de pacientes que se encuentran ingresados en dicha lista de espera.
2) Que, el 09 de diciembre de 2015, don Marcelo Lenin Zenteno Silva dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Hospital Barros Luco Trudeau, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud.
3) Que, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de...
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