Decisión nº C3079-16, de Consejo de Transparencia de 5 de Enero de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 671568229

Decisión nº C3079-16, de Consejo de Transparencia de 5 de Enero de 2017

Fecha de Resolución 5 de Enero de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaDefensa

DECISIÓN AMPARO ROL C3079-16

Entidad pública: Fuerza Aérea de Chile.

Requirente: Manuel Aresti Durban.

Ingreso Consejo: 09.09.2016.

En sesión ordinaria N° 767 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de enero de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de las solicitudes de amparo al derecho de acceso a la información Roles C3079-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 14 de julio de 2016, don Manuel Aresti Durban, solicitó a la Fuerza Aérea de Chile -en adelante e indistintamente la FACH-, la siguiente información:

a) Si participó como oferente la Fuerza Aérea de Chile o el Centro de Medicina Aeroespacial de la Fuerza Aérea de Chile en la licitación privada convocada este año 2015 por LATAM Airlines Group para exámenes pre ocupacionales y licencia aeronáutica, fecha de participación o presentación de sus ofertas.

b) Informe la Fuerza Aérea de Chile o el Centro de Medicina Aeroespacial de la Fuerza Aérea de Chile, adjuntando en forma completa todas sus ofertas en la licitación referida, tanto oferta básica como oferta opcional, administrativa, técnica y económica, con copia de todos los documentos asociados a las mismas con constancia de la fecha de su presentación.

c) Informe si la Fuerza Aérea de Chile (FACH) o el Centro de Medicina Aeroespacial de la Fuerza Aérea de Chile, fue adjudicado en el proceso de licitación referido, con copia de la comunicación por parte de LATAM Airlines Group sobre dicha decisión, resultado de la misma, puntaje asignado y servicios adjudicados.

d) Copia de todos los correos electrónicos, enviados y recibidos relacionados con el proceso de licitación ya señalado, entre la Fuerza Aérea de Chile (FACH) o el Centro de Medicina Aeroespacial de la Fuerza Aérea de Chile y LATAM Airlines Group, y los correos electrónicos internos de su institución, o memorandums u órdenes, cartas o cualesquier medio, relacionados con dicha licitación.

e) Copia del o los contratos relacionados con dicha licitación y sus anexos o modificaciones que la Fuerza Aérea de Chile o el Centro de Medicina Aeroespacial de la Fuerza Aérea de Chile han suscrito como adjudicatario en la licitación señalada precedentemente con LATAM Airlines Group.

f) Informe todos los pagos que la Fuerza Aérea de Chile o el Centro de Medicina Aeroespacial de la Fuerza Aérea de Chile han recibido de LATAM Airlines Group con motivo de la ejecución del contrato adjudicado en la licitación señalada en el punto a) durante este año 2015, como asimismo, informe todos los pagos que ha recibido su institución con motivo de cualesquier prestación de servicios a LATAM Airlines Group, relacionados o no con dicha licitación, y la naturaleza, origen, causa o motivación de dichos pagos.

g) Informe la Fuerza Aérea de Chile (FACH) o el Centro de Medicina Aeroespacial de la Fuerza Aérea de Chile el destino de los recursos recibidos como pagos señalados en el punto anterior, cuenta contable asignada y ejecución presupuestaria de aquellos ingresos.

h) Informe todos los pagos y todas las contrataciones que desde el año 2011 la Fuerza Aérea de Chile (FACH) o el Centro de Medicina Aeroespacial de la Fuerza Aérea de Chile ha recibido por parte de LATAM Airlines Group o su antecesora legal, o LAN Chile, por concepto de prestación de servicios relacionados con exámenes pre ocupacionales y licencia aeronáutica o medicina aeroespacial o cualesquier otro relacionado con aquellos conceptos.

i) Informe todos los nombres y apellidos, cargo o grado de los funcionarios de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) o del Centro de Medicina Aeroespacial de la Fuerza Aérea de Chile que han tenido cualesquier función o encargo en el proceso de licitación privada convocada este año 2015 por LATAM Airlines Group para exámenes pre ocupacionales y licencia aeronáutica, y el los funcionarios que lideraron por parte de su institución dicho proceso licitatorio.

j) Informe si su participación en procesos de licitación en el sector privado y compitiendo con empresas privadas infringe la normativa legal vigente, y específicamente en el entendido que la FACH actúa en esos procesos con fondos públicos o patrimonio fiscal, y si el destino del patrimonio fiscal por ley se encuentra previsto para esas acciones de la FACH.

k) Informe si su participación en este proceso de licitación infringe normas que protejan la libre competencia.

l) Informe si con la participación de la FACH en el proceso de licitación señalado se ha configurado la preeminencia o uso de una posición dominante de la FACH en el mercado donde participó y ganó la licitación, en desmedro de las empresas privadas del rubro.

m) Informe si en cumplimiento a la normativa legal vigente la FACH se ha autodenunciado o presentado todos los antecedentes de esta licitación y su participación y las circunstancias de aquello ante la Fiscalía Nacional Económica.

n) Informe si por este proceso de licitación la FACH ha sido auditada o fiscalizada por la Contraloría General de la República y el resultado de aquello o estado del trámite con su indicación de Rol.

o) Informe si en la ejecución del contrato con LATAM, la FACH presenta incumplimientos, dilaciones, demoras y alguna aplicación de sanción o multa asociada.

p) Informe si la FACH en la ejecución del contrato con LATAM ha aplicado recursos fiscales y si esos recursos fiscales tienen por finalidad asignada por ley la ejecución de este contrato. Sírvase enviar copia de todo documento asociado a la presente solicitud de información.

2) PRÓRROGA Y RESPUESTA: El 11 de agosto de 2016, mediante oficio N° 881, el órgano notificó al solicitante la decisión de prorrogar el plazo de respuesta en diez días hábiles, en los términos referidos en el inciso 2° del artículo 14 de la Ley de Transparencia.

Posteriormente, con fecha 26 de agosto de 2016, la Fuerza Aérea de Chile, por medio de documento EMGFA. (OTAIP) "P" N° 932/CPLT, respondió a dicho requerimiento de información, señalando en síntesis, lo siguiente:

a) Su solicitud de información respecto de los literales a) a la i), ya fue resuelta por el Consejo para la Transparencia, que conoció de idénticas solicitudes, mediante decisión de fecha 03 de mayo de 2016, que acumuló los amparos roles C57-16, C58-16 y C59-16, y los acogió parcialmente.

Consecuente con lo anterior, y dando cumplimiento a lo resuelto por el Consejo para la Transparencia, la Fuerza Aérea de Chile entregó los antecedentes solicitados en las letras b), c), f) y h) del numeral 1 de la indicada decisión de, mediante Oficio EMGFA. (OTAIP) "P" N° 585/M.A.D. de fecha 01 de junio de 2016.

b) Respecto a lo requerido en los literales j) a la m), cabe señalar que éstos no se ajustan a las disposiciones legales referidas precedentemente, toda vez que no constituyen una solicitud de información propiamente tal, sino un requerimiento de opiniones fundadas o juicios de valor sobre tópicos de interés del solicitante. Señalan como fundamento, las decisiones de los amparos roles C3186-15 y C581-16.

c) En lo tocante a pedido en la letra n), se informaque la Fuerza Aérea de Chile no ha sido auditada o fiscalizada por la Contraloría General de la República en relación a su participación en el proceso de licitación privada sobre exámenes pre ocupacionales y licencia aeronáutica, convocada por LATAM Airlines Group el año 2015.

d) Sobre lo solicitado en la letra o), se informa que no se han presentado incumplimientos, dilaciones, demoras ni aplicado sanciones o multas, respecto de la ejecución del contrato celebrado entre LATAM Airlines Group y el Hospital Clínico Gral. Dr. Raúl Yazigi J.

e) Finalmente, en cuanto a lo pedido en el literal p), se informa que el contrato celebrado entre LATAM Airlines Group y el Hospital Clínico Gral. Dr. Raúl Yazigi J., como resultado del proceso de licitación privada sobre exámenes pre ocupacionales y licencia aeronáutica, convocada por LATAM Airlines Group el año 2015, se efectuó en virtud de las facultades de que está investido el director del citado hospital, establecidas en la ley N° 18.476 que dicta normas respecto de los hospitales de las instituciones de la defensa nacional y en el decreto supremo N° 83 de 2006 del Ministerio de Defensa Nacional, con cargo a los recursos financieros que genera dicho establecimiento de salud por la venta de bienes y servicios...

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