Decreto Ley núm. 366, publicado el 16 de Marzo de 1974. AUTORIZA A LAS EMPRESAS O SOCIEDADES QUE MANTENGAN EN SUS ACTIVOS MONEDAS EXTRANJERAS, PARA LIQUIDARLAS LIBREMENTE, EN EL PLAZO Y FORMA QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470871746

Decreto Ley núm. 366, publicado el 16 de Marzo de 1974. AUTORIZA A LAS EMPRESAS O SOCIEDADES QUE MANTENGAN EN SUS ACTIVOS MONEDAS EXTRANJERAS, PARA LIQUIDARLAS LIBREMENTE, EN EL PLAZO Y FORMA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto Ley

DECRETO LEY N° 366, DE 1974 Autoriza a las empresas o sociedades que mantengan en sus activos monedas extranjeras, para liquidarlas libremente, en el plazo y forma que indica

(Publicado en el "Diario Oficial" N° 28.803, de 16 de marzo de 1974)

NUM. 366.- Santiago, 13 de marzo de 1974.- Vistos: lo dispuesto en el decreto ley 1, de 11 de septiembre de 1973, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha resuelto dictar el siguiente

DECRETO LEY:

ARTICULO UNICO

Autorízase a las empresas o sociedades que mantengan en sus activos monedas extranjeras debidamente contabilizadas, para liquidarlas libremente, antes del 31 de marzo de 1974, a través de las instituciones autorizadas, al tipo de cambio del mercado bancario.

Las diferencias en moneda corriente que se produzcan para la empresa o sociedad entre el valor de la adquisición o contabilización de las divisas y el de liquidación de las mismas, estará exenta del impuesto a la renta, exención que beneficiará exclusivamente a la empresa o sociedad.

Lo establecido en el inciso precedente se aplicará también a aquellas empresas...

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