Decreto núm. 7, publicado el 15 de Enero de 1988. APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE MANTENCION DE AREAS VERDES Y ESPECIES VEGETALES EN LA VIA PUBLICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE TUCAPEL |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE MANTENCION DE AREAS VERDES Y ESPECIES VEGETALES EN LA VIA PUBLICA
Huépil, 20 de noviembre de 1987.- La Alcaldía a dictado hoy la siguiente resolución en car cter de Ordenanza.
Núm. 7.- Vistos: Teniendo presente el DL 3.063 de 1980, DL 1.289 Orgánico de Municipios y Administración Comunal; resolución 1.050 del Sr. Contralor General de la República; Decreto Nombramiento Nº 986 del 15 de Julio de 1987, y en mi calidad de Alcalde de la I. Municipalidad de Tucapel;
Decreto:
Apruébase la Ordenanza Municipal sobre Mantención de Areas Verdes y Especies Vegetales en la Vía Pública, Ordenanza Nº 7.
ORDENANZA SOBRE MANTENCION DE AREAS VERDES Y ESPECIES VEGETALES EN LA VIA PUBLICA ORDENANZA Nº 7
Generalidades
En cumplimiento de la atribución privativa municipal, sobre el cuidado del ornato de la Comuna, el Departamento de Obras Municipales tendrá las siguientes facultades:
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proyectar, construir, conservar y administrar las áreas verdes, por sí solo o por los terceros con los cuales se ha contratado el servicio;
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propiciar, asesorar y supervisar la creación, por parte de los vecinos, de áreas verdes en los bandejones de tierras de las avenidas, calles y demás lugares públicos;
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apoyar con su infraestructura y asesoría técnica el cuidado de los rboles y demás especies vegetales;
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patrocinar, disponer y llevar a efecto los planes de control de plagas necesarios y emprendidos o sugeridos por las autoridades pertinentes y obligar a los particulares a cumplir dentro de sus predios, en la medida que sea necesario para mantener la sanidad vegetal y ambiental en los lugares públicos;
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aplicar y apoyar las políticas sobre áreas verdes y forestación, propiciadas por los servicios y entidades públicas competentes;
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supervisar y proveer a la mantención de los cursos de agua corriente de riego, incluso cuando éstos atraviesen por predios particulares;
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supervisar las chapodas realizadas por las empresas de utilidad pública, para mantener libre sus líneas aéreas;
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despejar de ramas las señalizaciones de las vías públicas;
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cuidar de la limpieza y conservación digna de los monumentos nacionales, emplazados en los parques y jardines comunales, y
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inspeccionar el estricto cumplimiento de las normas contenidas en esta ordenanza y demás que fueren aplicadas en relación al ornato, haciendo las denuncias correspondientes a la autoridad respectiva cuando fuere necesario.
Todos los rboles y especies vegetales que se encuentren en la vía pública, se considerarán de la propiedad municipal para los efectos de la presente ordenanza.
De la mantención de las áreas verdes y especies
vegetales en la vía pública
Los vecinos tendrían las siguientes obligaciones en relación al ornato.
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mantener y regar integralmente (raíces y follaje) en buenas condiciones sanitarias los rboles y especies vegetales que están plantados, o que se planten en el futuro, frente a sus propiedades. Para ello solicitar asesoría preventiva al Departamento de Obras Municipales.
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construir áreas verdes en los antejardines que enfrentan la propiedad en que viven y mantenerlas una vez construidas;
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mantener limpios los veredones, bandejones centrales y los cursos de aguas de riego que enfrentan al inmueble en que viven o que atraviesan por ellos;
-
cuidar de la mantención y aseo de todas las áreas verdes públicas (plazas, parques y veredones), evitando su destrucción o desaseo y denunciando a la autoridad o a Carabineros cualquiera de estos actos que terceros causen a las áreas públicas objeto de esta ordenanza, y
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retirar por sus propios medios los residuos provenientes de jardines o rboles particulares, cuando por su cantidad no corresponda al Municipio, y hacerlos llevar a los lugares dispuestos para ello.
árboles, efectuar podas y corte de ramas de todos los árboles y especies vegetales ubicados en los lugares públicos de la comuna.
Sólo por razones de seguridad sanitaria u otras que deberá calificar especialmente la Municipalidad, podrán...
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