Magallanes Salinas Lourdes Cruz María - Empresa de Servicios Transitorios ETC SpA - 15 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875156377

Magallanes Salinas Lourdes Cruz María - Empresa de Servicios Transitorios ETC SpA

Fecha de publicación15 Febrero 2020
Número de registroCVE-1724545
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.580
CVE 1724545 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.580 | Sábado 15 de Febrero de 2020 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 1724545
NOTIFICACIÓN
Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Merced 360 Santiago. En autos
M-2784-2019 se ha ordenado notificar por avisos lo siguiente: Extracto de la demanda: en lo
principal: Demanda de nulidad del despido y reincorporación de trabajadora aforada y otras
prestaciones laborales, todo con declaración de existencia de subcontratación. Primer otrosí:
Acompaña documentos. Segundo otrosí: Téngase presente. Tercer otrosí: Patrocinio y poder.
S.J.L. del Trabajo de Santiago. Lourdes Cruz María Magallanes Salinas, operaria, RUT:
19.779.061-K, con domicilio en Pasaje Manuel Antonio Caro N° 1974, comuna de Renca, a US.,
respetuosamente digo: Interpongo demanda en procedimiento monitorio laboral a fin que SS.,
que se declara la nulidad del despido y se ordene la reincorporación a mis labores como operaría
de producción, todo con declaración de existencia de subcontratación; en contra de Empresa de
Servicios Transitorios ETC SpA, RUT: 76.487.406-4, del giro de su denominación, representada
legalmente por don Juan Toro Cortázar, RUT N° 8.327.398-4, empresario, ambos con domicilio
en calle Nueva N° 1885, oficina 207, comuna de Huechuraba; y solidaria o subsidiariamente,
según corresponda de acuerdo al mérito del proceso, en virtud de lo dispuesto en el artículo
183-A del Código del Trabajo, en contra de Unilever Chile Limitada, RUT: 92.091.000-9, del
giro de su denominación, representada legalmente por don Hans Even Ivanschitz, RUT:
8.536.945-8, empresario, ambos con domicilio en Avenida Carrascal N° 3551, comuna de Quinta
Normal; por las razones de hecho y de derecho que a continuación expongo: Antecedentes de la
relación laboral. Con fecha 28 de diciembre de 2018, ingresé a prestar servicios para la
demandada, Empresa de Servicios Transitorios ETC SpA. Con todo, debo señalar a SS., que a
pesar que mi contrato se describe como servicios transitorios, en los hechos y atendida la
naturaleza de mi función, esto es, envasado de productos tales como jabones, detergentes, y
otros, no es transitorio, sino una actividad permanente en beneficio del giro permanente de la
demandada solidaria Unilever Chile Limitada. Además, durante toda mi relación laboral,
desarrolle tales servicios de manera continua y permanente. La relación de servicios personales
se mantuvo vigente hasta el 24 de junio de 2019, sin embargo, en tal fecha me encontraba
embaraza. En efecto, según exámenes médicos y según certificado la concepción se habría
producido con fecha 25 de mayo de 2019. De tal situación se encontraba en conocimiento la
empleadora, por la siguiente razón: a) Pues desde antes desde mi desvinculación tuve atenciones
médicas ligadas al embarazo, situación de la cual, estaba en conocimiento la demandada. La
función que realizaba fue siempre de operaría de producción en las fábricas de Unilever Chile
Limitada, ubicada en Avenida Carrascal N° 3551, comuna de Quinta Normal, y mi remuneración
ascendía a $458.250. Dicho monto de conformidad a lo dispuesto en el art. 172 del Código del
Trabajo, deberá servir de base para el cálculo de las prestaciones demandadas. En consecuencia,
el despido es nulo, y así solicito que SS., lo declare, y ordene la reincorporación a mi trabajo,
pues me encuentro aforada. Parte Petitoria. En consecuencia, recurro ante SS., con el objeto de
que declare nulo el despido, de fecha 24 de junio de 2019, del que fui víctima, y se ordene a la
demandada a: 1- Reincorporarme a mi trabajo, o en subsidio el pago de todas las remuneraciones
hasta el término del fuero. 2- Al pago de todas las remuneraciones por el periodo en que he
estado separada de mis funciones. 3- Todo con reajustes, intereses y a las costas de la causa, por
tanto: a SS. pido: Se sirva por interpuesta demanda en juicio monitorio del trabajo por demanda
de nulidad del despido, reincorporación y cobro de remuneraciones, pues me encuentro aforada.
En lo principal: Demanda de nulidad del despido y reincorporación de trabajadora aforada y
otras prestaciones laborales, todo con declaración de existencia de subcontratación. Primer
otrosí: Acompaña documentos. Segundo otrosí: Téngase presente. Tercer otrosí: Patrocinio y
poder. Resolución recaída en la demanda: Santiago, seis de septiembre de dos mil diecinueve. A
lo principal: estese a lo que se resolverá a continuación. Al primer otrosí: téngase por
digitalizados los documentos señalados. Al segundo otrosí: Téngase presente lo señalado. Al
tercer otrosí: Téngase presente, respecto de lo solicitado, como se pide, notifíquese por correo

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