Machuca - Constructora Carlos René García Gross Ltda. - 16 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 918047218

Machuca - Constructora Carlos René García Gross Ltda.

Fecha de publicación16 Enero 2023
Número de registroCVE-2251376
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.452
CVE 2251376 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.452 | Lunes 16 de Enero de 2023 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2251376
NOTIFICACIÓN
2° Juzgado Civil de Temuco. Rol C-2879-2021 “Machuca/Constructora Carlos René García
Gross Ltda”. En lo Principal: Nelson Machuca Casanovas, Liquidador Concursal Titular, en
representación, según se acreditará, de Constructora Carlos René García Gross Limitada en
liquidación concursal: A lo principal: deduce demanda sobre acción revocatoria concursal en
contra de Constructora Carlos René García Gross Limitada, representada legalmente por Carlos
René García Rocha, ya individualizado, recibirla a trámite, acogerla en definitiva y se declare: a)
Que se revocan las compraventas realizadas por Carlos Rene García Gross e Inmobiliaria Santa
Elvira S.A, actualmente a fojas 881 N°922 del Registro de Propiedad del año 2020 del
Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno. b) Que se ordene al Sr. Conservador de Bienes
Raíces de Río Bueno la cancelación de la inscripción de fojas 881 N°922 del Registro de
Propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno. c) Que se ordene la
restitución de los inmuebles antes mencionados a Constructora Carlos René García Gross
Limitada en Liquidación Concursal, dejando vigente en lo respectivo la inscripción de dominio
de fojas 1186 vuelta N°1159 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Bienes
Raíces de Río Bueno. d) Que se ordene la restitución de los inmuebles a Constructora Carlos
René García Gross Limitada en Liquidación Concursal, dejando vigente en lo respectivo la
inscripción de dominio de fojas 1186 vuelta N.°1159 del Registro de Propiedad del año 2018 del
Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno. e) Que se practiquen todas aquellas anotaciones,
cancelaciones y/o inscripciones que sean necesarias para permitir la restitución efectiva de los
derechos e inmuebles indicados precedentemente al patrimonio de Constructora Carlos René
García Gross Limitada. f) Que se condene en costas a los demandados. Primer Otrosí: Medida
precautoria. Segundo Otrosí: Acompaña documentos que indica Tercer Otrosí: Se tenga presente
personería. Cuarto Otrosí: Inscripción que indica. Quinto Otrosí: Patrocinio y poder. Demás
menciones en solicitud extractada. 26 de octubre de 2021. Proveyendo presentación de folio 1: A
lo principal; Por interpuesta demanda revocatoria concursal. Traslado. Vengan las partes a
comparendo de contestación y conciliación para la audiencia telemática del día 23 de diciembre
de 2021 a las 10:00 Horas, debiendo notificarse personalmente a la parte demandada con a lo
menos cinco días de anticipación a la fecha fijada, atendido lo dispuesto en el Articulo 28 del
Acta N°41 de la Excma. Corte Suprema que faculta para realizar audiencias por video
conferencia con el objeto de dar continuación a la administración de Justicia. La minuta que
contenga la contestación de la demanda deber ser ingresada por medio de la Oficina Judicial
Virtual en forma previa a la audiencia fijada. La audiencia se llevará a cabo a través de la
plataforma electrónica Zoom. Demás menciones en solicitud extractada. Temuco, seis de
diciembre de dos mil veintidós: Proveyendo folio 40 de autos, a lo principal: Como se pide.
Atendido lo dispuesto en el Art. 28 del Acta N° 41 de la Excma. Corte Suprema que faculta para
realizar audiencias por videoconferencia con el objeto de dar continuidad a la administración de
Justicia con garantía de los derechos procesales de las partes, otorgándose en consecuencia la
opción para la continuidad del juicio: Vengan las partes a Comparendo de Contestación y
Conciliación a la audiencia del día 02 de febrero de 2023 a las 10:30 Horas, debiendo ser
notificadas las partes con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha fijada. La minuta que
contenga la contestación de la demanda deber ser ingresada por medio de la Oficina Judicial
Virtual en forma previa a la audiencia fijada. La audiencia se llevar a cabo a través de la
plataforma electrónica Zoom debiendo las partes ingresar utilizando los siguientes datos de
acceso: ID Reunión: 779 760 7084 Contraseña: 2civil. En caso de no contar el demandado con
los medios tecnológico, podrá hacerlo presente en la causa con a lo menos tres días de
anticipación a la fecha de audiencia fijada. Temuco, nueve de Diciembre de dos mil veintidós,
Proveyendo folio 42 de autos, se resuelve: Ha lugar a la Reposición, en consecuencia se deja sin
efecto lo resuelto en el otrosí de la resolución dictada con fecha 6.12.22 a folio 41 de autos y en
su lugar se provee: Atendido el mérito de lo dispuesto en el artículo 54 del Código de

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