Decisión nº C3470-16, de Consejo de Transparencia de 25 de Noviembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 671568577

Decisión nº C3470-16, de Consejo de Transparencia de 25 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C3470-16

Entidad pública: Superintendencia de Educación Escolar

Requirente: Luis Navarro Navarro

Ingreso Consejo: 11.10.2016

En sesión ordinaria N° 758 del Consejo Directivo, celebrada el 25 de noviembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3470-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 24 de agosto de 2016, don Luis Navarro Navarro solicitó a la Superintendencia de Educación Escolar la siguiente información:

"a) ¿De qué manera el DAEM de la I. Municipalidad de Llanquihue destina hoy los recursos de los fondos SEP que administra dicha entidad administrativa?

b) ¿Pueden dichos recursos destinarse a campañas políticas del alcalde de turno?

c) ¿Pueden dichos recursos destinarse a contratación de personal a honorarios?

d) ¿Cuántos niños de esta comuna son afectados por el mal uso de los dineros de dicho fondo durante el año 2016?"

2) SUBSANACIÓN DE SOLICITUD DE ACCESO: Respecto de la solicitud de 24 de agosto de 2016, que dio origen al amparo rol C3470-16, mediante Ord. 10 DJ N° 000613 de 7 de septiembre de 2016, de conformidad al artículo 12 de la Ley de Transparencia, el órgano reclamando solicitó al requirente subsanar su solicitud de acceso, por cuanto se habría efectuado en términos generales, en el sentido de indicar claramente el número de documento...

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