Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Primero, 11 de Febrero de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 512888326

Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Primero, 11 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2014
EmisorTribunal R. Metropolitana. Primero
RucAB-15-00118-2013
RIT13-9-0001088-K
ProcedimientoProcedimiento de Reclamo de Los Avalúos de Bbrr
EstatusFallada

"SOCIEDAD COMPAÑÍA DE INVERSIONES LA UNIVERSAL SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS"

RIT: AB-15-00118-2013 RUC: 13-9-00001088-K

LAPM/cav Santiago, once de febrero de dos mil catorce VISTOS, Uno. Que, con fecha 28 de mayo de 2013, comparece SOCIEDAD COMPAÑÍA DE INVERSIONES LA UNIVERSAL SA, R. 93.673.000-0, representada por H.S. vonO., ingeniero comercial, ambos domiciliados en I.G.N.° 934, interponiendo reclamo en contra del nuevo avalúo realizado por la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, RUT N° 60.803.300-9, representada legalmente por don B.S.G., Director Regional, cédula de identidad N° 6.976.504-1, ambos domiciliados en Alonso de Ovalle N°

680, S. (en adelante el Servicio, el SII o el reclamado), por el aumento del avalúo del terreno donde se emplaza el inmueble, solicitando al Tribunal que resuelva que procede la rebaja de la tasación fiscal y la disminución del coeficiente corrector hasta 0.1 asignado al terreno donde se encuentra emplazado el inmueble.

Dos. Cabe considerar que la reclamante presentó ante este Tribunal 12 reclamaciones por los siguientes inmuebles de su propiedad, todos de la calle A.N.° 1361, Santiago:

  1. Estacionamiento 33, Rol 109-110

  2. Estacionamiento 76, Rol 109-153

  3. Estacionamiento 111, Rol 109-190

  4. Estacionamiento 112, Rol 109-191

  5. Estacionamiento 122, Rol 109-201

  6. Estacionamiento 107, Rol 109-186

  7. Estacionamiento 078, Rol 109-155

  8. Estacionamiento 108, Rol 109-187

  9. Estacionamiento 079, Rol 109-156

  10. Estacionamiento 077, Rol 109-154

  11. Estacionamiento 143, Rol 109-222

  12. Estacionamiento 034, Rol 109-111

    Tres. Que, en virtud del principio de economía procesal y lo dispuesto en los artículos 92 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, aplicables a este tipo de procedimiento por disposición de los artículos 2, 148, 151 del Código Tributario; este S. tuvo a bien acoger la acumulación de autos solicitada por el Servicio en las siguientes causas, a la presente:

  13. RIT AB-15-00115-2013, RUC 13-9-0000786-2

    ii) RIT AB-15-00121-2013, RUC 13-9-0000895-8

    iii) RIT AB-15-00119-2013, RUC 13-9-0000897-4

    iv) RIT AB-15-00120-2013, RUC 13-9-0000902-4

  14. RIT AB-15-00123-2013, RUC 13-9-0001077-4

    1

    vi) RIT AB-15-00114-2013, RUC 13-9-0001080-4

    vii) RIT AB-15-00113-2013, RUC 13-9-0001082-0

    viii) RIT AB-15-00122-2013, RUC 13-9-0001084-7

    ix) RIT AB-15-00117-2013, RUC 13-9-0001091-K

  15. RIT AB-15-00116-2013, RUC 13-9-0001097-9

    xi) RIT AB-15-00112-2013 RUC 13-9-0000678-5

    Dichas acumulaciones fueron resueltas por resolución fundada, el 12 de septiembre de 2013, una vez evacuados los traslados respectivos por parte del Servicio.

    Cuatro. Los fundamentos de hecho y derecho y peticiones expuestos por la actora, en cada uno de sus escritos son los siguientes:

    En primer lugar, el aumento del avalúo asignado al terreno del inmueble es desproporcionado y además se han aplicado criterios del todo ausentes a los parámetros existentes y conocidos que puedan incidir en un alza de la tasación fiscal tan alta.

    Ni la inflación, el mercado inmobiliario, el crecimiento del país, el aumento promedio de sueldos ni cualquier otro elemento técnico que administran los organismos de medición o estadísticos en Chile, como el INE, Banco Central, justifican un aumento del avalúo del terreno en un 2.331% de un año a otro: el año 2012 la tasación del terreno era de

    $195.448.468 y a partir del año 2013, su tasación es de $4.751.026.357. Al hacer esto el Servicio ha desconocido la equidad en materia de impuestos.

    Añade la reclamante que el Servicio no puede vulnerar el Orden Público Económico, el que proscribe el "impuesto al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR