Decisión nº C3613-17, de Consejo de Transparencia de 26 de Octubre de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699288805

Decisión nº C3613-17, de Consejo de Transparencia de 26 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C3613-17

Entidad pública: Servicio de Registro Civil e Identificación.

Requirente: Lucía Baeza Ceballos.

Ingreso Consejo: 16.10.2017.

En sesión ordinaria N° 840 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de octubre de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C3613-17.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 25 de septiembre de 2017, doña Lucía Baeza Ceballos realizó una presentación ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, a través de la cual, señaló lo siguiente: "Con fecha 8 de marzo 2017 compramos un vehiculo en la Zofri de Iquique con franquicia aduanera para discapacitados, en el mes de mayo aproximadamente, nos informan del registro civil de Iquique que no se pudo realizar la inscripcion de nuestro vehiculo porque aduana habria informado mal el numero de chasis ellos agregaron un numero (0) de mas, (...), nos comunicamos a la aduana de Valparaíso y a traves de ellos se informó a Iquique, en el mes de agosto enviaron la correccion del BIN y anexo 90 segun lo informado por aduana de Iquique, al registro civil, pero hasta la fecha no hemos recibido respuesta, nosotros vivimos en la ciudad de Temuco para el campo, y no nos hemos podido comunicar con el registro civil para saber si falta algo mas, el vehiculo esta a nombre de (la persona que individualiza), concurrimos al registro civil de temuco y dicen no estar en linea para informarnos, por favor necesitamos alguna información" (sic).

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