Decreto núm. 263, publicado el 02 de Noviembre de 2013. DESIGNA A DON RAFAEL LOYOLA DOMÍNGUEZ EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 473864198

Decreto núm. 263, publicado el 02 de Noviembre de 2013. DESIGNA A DON RAFAEL LOYOLA DOMÍNGUEZ EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

DESIGNA A DON RAFAEL LOYOLA DOMÍNGUEZ EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 263.- Santiago, 4 de septiembre de 2013.- Visto: Las facultades previstas en el Art. 32 Nº 10, de la Constitución Política del Estado; lo establecido en los Arts. 26º y 49º, incisos segundo y final de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo previsto en los Arts. , letra b), 14º y 16º, inciso segundo de la ley Nº 18.834, según textos fijados por DFL Minsegpres Nº 1-19.653, de 2000, y DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, respectivamente; lo señalado en los Arts. 61º y 62º del DFL Nº 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior; las facultades establecidas en el DFL MOP Nº 850, de 1997, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas; el oficio Nº 5.504, de 28 de agosto de 2013, de la Intendencia de la Región Metropolitana, y habiéndose oído la opinión del Ministro de Obras Públicas (S), respecto a la proposición emitida por el Sr. Intendente,

Decreto:

  1. - Desígnase, a contar del 5 de septiembre de 2013, a don Rafael Loyola Domínguez, RUN Nº 13.234.866-9, abogado, en el cargo Directivo, Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas de la Región Metropolitana, grado 3º EUS, de la Planta de la Subsecretaría de Obras Públicas, con residencia en Santiago.

  2. - Cancélese, al funcionario precitado, la Asignación Profesional correspondiente al grado 3º EUS, y una Asignación de Responsabilidad Superior, equivalente a un 40% de su sueldo, conforme a lo dispuesto en la ley Nº 19.185 y en el DL Nº 1.770, de 1977, respectivamente.

  3. - Establécese que, por razones impostergables de buen servicio, el profesional precitado debe asumir sus funciones en la fecha señalada precedentemente, sin esperar la total tramitación del presente decreto.

  4. - Páguense las remuneraciones correspondientes por intermedio de la Dirección de Contabilidad y Finanzas, con cargo a los fondos de la Subsecretaría de Obras Públicas, Subtítulo 21, contemplados en la Ley de Presupuestos año 2013.

Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Lucas Palacios...

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