Loussaint - Alto Santiago SpA - 1 de Junio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 932701841

Loussaint - Alto Santiago SpA

Número de registroCVE-2322340
Fecha de publicación01 Junio 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.566
CVE 2322340 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.566 | Jueves 1 de Junio de 2023 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2322340
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950 piso 7, en
causa RIT: C-2077-2023 RUC: 20-4-0312303-0 caratulada “LOUISSAINT con ALTO
SANTIAGO SPA” y con fecha 23 de mayo de 2023 se ha ordenado notificar a la demandada
ARAUCO S.A. R.U.T. 89.918.800-4 representada por Rodrigo Zañartu Velasco y ALTO
SANTIAGO SPA R.U.T. 76.715.701-0 representada por Claudio Gálvez Arriagada, cédula de
identidad Nº 9.910.185-7 la presente resolución conjuntamente con la liquidación del crédito de
fecha 22 de mayo de 2023. Requerimiento de Pago: “Santiago, veintitrés de mayo de dos mil
veintitrés. Requiérase a don RODRIGO ZAÑARTU VELASCO, en representación de ARAUCO
S.A. y a don CLAUDIO GALVEZ ARRIAGADA, en representación de ALTO SANTIAGO
SPA para que dentro del plazo de cinco días establecido en el artículo 466 del Código del
Trabajo, paguen a los siguientes trabajadores las sumas que en cada caso se indican, más
reajustes, intereses y costas: PABLO CÉSAR CIFUENTES MULSOW, $5.429.456, ODERLINS
LOUISSAINT, $8.065.800, HUMBERTO GUILLERMO GALLARDO PÉREZ, $4.375.983. La
liquidación del crédito deberá notificarse por Carta certificada a las partes, la que se tendrá por
aprobada si en el plazo de cinco días no fuere objetada en los términos que dispone el artículo
469 del Código del Trabajo. Asimismo, junto con la liquidación se notificará el requerimiento al
demandado, quién tendrá el plazo de cinco días para oponer las excepciones de conformidad a lo
previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo. En virtud de los principios de celeridad y de
oficialidad, consagrados en el artículo 425 del Código del Trabajo, en relación al artículo 465 del
mismo cuerpo legal, se decretan las siguientes diligencias: 1) Ofíciese a la Tesorería General de
la República para los efectos de proceder a la retención a que se refiere el artículo 467 del
Código del Trabajo, hasta por la suma de $17.871.239 (diecisiete millones ochocientos setenta y
un mil doscientos treinta y nueve pesos). 2) A través de la vía que se encuentra autorizada para el
efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e incorporar a la presente causa la
información que se registre en la Comisión para el Mercado Financiero, relativa a las entidades
bancarias y financieras en que mantenga acreencias la demandada ARAUCO S.A. R.U.T.
899188004 y ALTO SANTIAGO SPA R.U.T. 767157010. 3) Asimismo, a través de la vía que
se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e
incorporar a la presente causa información que se registre en el Registro de Vehículos
Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, relativa a inscripción de vehículos a
nombre de la demandada ARAUCO S.A. R.U.T. 899188004 y ALTO SANTIAGO SPA R.U.T.
767157010. Para los efectos de realizar consignación mediante depósito -en la cuenta corriente
N° 1956671 que el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional mantiene en Banco Estado-, la
parte puede obtener el cupón de pago ingresando al sitio del Poder Judicial
www.poderjudicial.cl, sección CONSULTA UNIFICADA DE CAUSAS, opción CUPÓN
BANCO ESTADO, desde el cual, además, podrá efectuar el PAGO EN LINEA. En el evento de
efectuarse consignación a través de transferencia electrónica, se debe tener presente que el
R.U.T. del tribunal es el número 61.978.490-1, debiendo remitirse al tribunal, a través de la OJV
(Oficina judicial virtual) o del correo notifica_jcob_santiago@pjud.cl, el respectivo comprobante
de transferencia mencionándose el R.I.T. de la causa, ello para los efectos de regularizar el
registro de en consignación en la misma. Atendido que, de la revisión de los antecedentes
remitidos vía interconexión, consta que la demandada ALTO SANTIAGO SPA fue notificada
por avisos, en la fase declarativa, no existiendo otros antecedentes y verificándose en la especie
los presupuestos previstos en el Artículo 439 del Código del Trabajo, en virtud del principio de
oficialidad, se ordena notificar a la ejecutada, la liquidación del crédito y la presente resolución
conjuntamente, mediante publicación de un aviso en el Diario Oficial, y de acuerdo a un extracto
que redacte el ministro de fe del Tribunal. RIT: C20772023 RUC: 20403123030 Proveyó el(la)
Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma
electrónica avanzada. En Santiago a veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, se notificó por el

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