Decisión nº C2459-14, de Consejo de Transparencia de 31 de Julio de 2015
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2015 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar, Vivienda |
DECISIÓN AMPARO ROL C2459-14
Entidad pública: Municipalidad de San Pedro de Melipilla
Requirente: Loreto Herrada Landa
Ingreso Consejo: 17.11.2014
En sesión ordinaria N° 636 del Consejo Directivo, celebrada el 31 de julio de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2459-14.
VISTO:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 20 de octubre de 2014, doña Loreto Herrada Lanada solicitó a la Municipalidad de San Pedro antecedentes legales y técnicos de la propiedad con Permiso de Edificación N° 20/2014 y 27/2014, que autoriza las obras de "Vivienda" y "Servicios y Comercio": Planos, Escrituras y/o dominio vigente, permiso de edificación, entre otros.
2) RESPUESTA: El 13 de noviembre de 2014, el organismo reclamado dio respuesta a las solicitud de información, denegándola, por cuanto los terceros involucrados no autorizaron la entrega de los antecedentes requeridos.
3) AMPARO: El 17 de noviembre de 2014, doña Loreto Herrada Landa dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de San Pedro, fundado en que el señalado órgano habría entregado respuesta negativa a su solicitud de acceso fundada en la oposición de los terceros involucrados.
4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación admitió a tramitación este amparo y, mediante Oficio N° 6898, de 28 de noviembre de 2014, confirió traslado al Sr. Alcalde de la Municipalidad de San Pedro, solicitándole que al formular sus descargos: (1°) se refiera a las causales de secreto o reserva que, a su juicio, harían procedente la denegación de la información solicitada; (2°) acompañe copia a este...
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