Decisión nº C2380-15, de Consejo de Transparencia de 1 de Diciembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 631753945

Decisión nº C2380-15, de Consejo de Transparencia de 1 de Diciembre de 2015

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C2380-15

Entidad pública: Servicio Nacional de Aduanas.

Requirente: Lorenzo Silva Águila.

Ingreso Consejo: 06.10.2015.

En sesión ordinaria N° 666 de su Consejo Directivo, celebrada el 1 de diciembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2380-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 29 de agosto de 2015, don Lorenzo Silva Águila realizó una presentación ante el Servicio Nacional de Aduanas, ingresada con el código AE007W0007793, a través de la cual requirió copia del título profesional de abogada de la asesora jurídica de la Dirección Regional de Aduanas de la X Región, cuyo nombre señala, indicando el número de registro de la Corte Suprema, el registro de la Universidad en la que estudió y copia del certificado otorgado por la Universidad en el momento de su ingreso al Servicio Nacional de Aduanas.

2) Que, con fecha 29 de septiembre de 2015, a través del Oficio Ordinario N° 10.803, el Servicio Nacional de Aduanas otorgó respuesta al requirente, señalando que la persona por la cual se consultó es egresada de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso y que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Transparencia, la información referida al título de abogado está disponible en el sitio de internet del Poder Judicial, en el link "Búsqueda de abogados".

3) Que, el 06 de octubre de 2015, don Lorenzo Silva Águila dedujo amparo a su derecho de acceso a la información...

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