Decisión nº C2043-15, de Consejo de Transparencia de 23 de Septiembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 588668162

Decisión nº C2043-15, de Consejo de Transparencia de 23 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C2043-15

Entidad pública: Servicio Nacional de Aduanas.

Requirente: Lorenzo Patricio Silva Hauri.

Ingreso Consejo: 31.08.2015.

En sesión ordinaria N° 648 de su Consejo Directivo, celebrada el 23 de septiembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2043-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 15 de agosto de 2015, don Lorenzo Patricio Silva Hauri realizó una presentación al Servicio Nacional de Aduanas, ingresada bajo el código N° AE007W0007730, en la cual requirió "copia de la autorización del suscrito, representante de la Sociedad de Hecho RUT 51.079.070-7, de parte del Fiscal Administrativo Sr. Reinhold Andronoff para solicitar Antecedentes al Servicio de Impuestos Internos de Osorno de la Sociedad de Hecho Rut 51.079.070-7, según Oficios Ord. 008 de 19.12.2012 (Fojas 192) y Oficio Ord. 010 de 02.01.2013 (Fojas 193) de Sumario Administrativo, ordenado por Resolución 1065 de 27.08.2012 de Aduana de Puerto Montt".

2) Que, mediante oficio ordinario, de 26 de agosto de 2015, el Servicio Nacional de Aduanas, otorgó respuesta a la solicitud del Sr. Silva Hauri, señalando que el artículo 135 de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, dispone que "El Fiscal tendrá amplias facultades para realizar la investigación", lo cual permite al fiscal administrativo realizar las consultas que considere necesarias para conducir la investigación a su cargo.

3) Que, con fecha 31 de agosto de 2015, don Lorenzo Patricio Silva Hauri dedujo un reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa en contra del Servicio Nacional de Aduanas, fundado en que la información otorgada es incompleta, por cuanto no se remitió "la autorización al Fiscal de un Sumario Administrativo, Resolución 1065 de 27.08.2012 de la Aduana de P.Montt, para tener Atribuciones de Investigar situación tributaria de Sociedad de Hecho ante el servicio de Impuestos Internos, fuentes : Art. 35 del Código Tributario, Oficio Circular 43 de 1998 del SII, Ley 19.628 Proteccion de Datos Personales. Art 20 Ley...

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